La titular de la Función Pública ha iniciado una nueva polémica pública. En una reunión reciente del Sistema Nacional Anticorrupción, la funcionaria se llamó a asombro por los juicios de amparo en contra de los formatos empleados en las declaraciones patrimoniales y de interés, “promovidos por personal de organismos públicos autónomos e inclusive por instituciones que anteriormente fueron promotores de la llamada Ley 3de3 (sic), como el caso, para dejarlo muy explícito, del CIDE”.
Primera fuente de polémica: No nos opusimos a la declaración patrimonial y de intereses. Asumimos y acatamos esa obligación plasmada en la Constitución que, en efecto, nosotros mismos contribuimos a establecer con toda convicción. La prueba de esta afirmación está en las declaraciones presentadas en tiempo y forma y publicadas en los portales oficiales de la Función Pública. Antes de que prospere cualquier otra interpretación repito: estamos de acuerdo con esa obligación y la cumplimos.
Segunda fuente de polémica: Fue decisión de Irma Eréndira Sandoval “homologar” el trabajo que desarrollamos en los centros públicos de investigación de CONACYT (CPI’S) con el que llevan a cabo los subdirectores de área y los jefes de departamento de la administración pública federal centralizada. Esa decisión no sólo impuso a todos los académicos de esos centros la obligación de presentar un formato de declaración patrimonial idéntico al que se utiliza para quienes toman decisiones en las oficinas del gobierno, sino que además otorgaría a los contralores internos (subordinados a la Función Pública) la facultad implícita de vigilar nuestra labor del mismo modo en que se vigila y se sanciona el trabajo burocrático. La “homologación” instruida por la Función Pública tendría implicaciones directas sobre la libertad de cátedra, de investigación y de expresión de 600 investigadores del país.
Tercera fuente de polémica: A partir de que fueron formalmente notificados, 17 sindicatos preguntaron varias veces a la Función Pública cuáles serían los alcances de esa “homologación”, haciendo explícita su preocupación por el poder otorgado a las contralorías internas y por la contradicción que habría con los estatutos académicos de las instituciones aludidas y los contratos colectivos de trabajo que regulan el ingreso, el desarrollo y la salida de los agremiados. Las respuestas recibidas no hicieron más que reiterar el mismo punto: la “homologación” indeclinable de profesores e investigadores como subdirectores y jefes de departamento, subordinados a las decisiones de la Función Pública.
Cuarta fuente de polémica: La decisión tomada por Irma Eréndira Sandoval solamente afecta a los centros públicos de investigación de CONACYT. Los colegas de la UNAM o de la UAM, por citar solamente dos ejemplos entre muchos, no deben llenar los mismos formatos ni homologarse a los servidores públicos de la administración pública federal centralizada. Ellos no. Nosotros sí.
Quinta fuente de polémica: Ante esa decisión, los profesores investigadores acudimos a la interpretación del Poder Judicial de la Federación. Evidentemente, no queremos que la secretaria de la Función Pública decida, a través de los contralores internos, qué debemos investigar, cómo debemos enseñar o qué podemos publicar. Acudimos con la esperanza de que el derecho y la razón prevalezcan sobre la animadversión.