El 15 de octubre se conmemora el Día Internacional de las Mujeres Rurales, cuya voz debe ser escuchada y sus demandas formar parte de la agenda pública, contribuyendo de esta manera a generar prosperidad en el medio rural.

La justicia agraria tiene como uno de sus propósitos fundamentales garantizar que las mujeres que habitan en los 32,211 ejidos y comunidades (en 6,452 de ellos, sus integrantes son hablantes de una lengua indígena) accedan a la justicia agraria, superando obstáculos sociales, económicos y geográficos. Actualmente, según el Registro Agrario Nacional, de 5.3 millones de personas con derechos agrarios, en promedio, 27% son mujeres, considerando ejidatarias, comuneras, avecindadas y posesionarias. Si hablamos únicamente de ejidatarias, el promedio es de 25%, habiendo contrastes en las entidades federativas: por ejemplo, en Yucatán solo el 13% son mujeres, en tanto que, en Tabasco el 35% y en Guerrero y Baja California, el 33%.

El Tribunal Superior Agrario y los 54 Tribunales Unitarios Agrarios y 3 sedes alternas trabajamos en tres vertientes: Justicia itinerante para mujeres rurales; emisión de sentencias con perspectiva de género, y atención a mujeres indígenas que participan en juicios agrarios, con peritos en lenguas y en su cultura

Justicia itinerante para mujeres rurales. Los Tribunales Unitarios Agrarios son los órganos jurisdiccionales que realizan, al menos, 4 jornadas cada año de justicia itinerante, acudiendo directamente al lugar donde se originan las controversias. El Tribunal Unitario se instala en el ejido o en la comunidad a desahogar audiencias; se ofrecen, admiten y desahogan pruebas; se pueden presentar alegatos y la sentencia se reserva para la sede del órgano jurisdiccional. En 2022 se han realizado 73 jornadas de Justicia itinerante, en las que se han desahogado 4,047 juicios agrarios y/o jurisdicciones voluntarias, de las cuales en 1,137 asuntos — que representan el 28%—, han sido parte actora mujeres que demandan su reconocimiento como personas con derechos agrarios por sucesión, o por prescripción adquisitiva derivado de que trabajan la tierra y, en muchos casos, sus cónyuges o concubinos no regresaron a su lugar de origen.

El reconocimiento de las mujeres con derechos agrarios contribuye a reducir la violencia patrimonial en la que se encuentran muchas mujeres en el campo mexicano; asimismo, a que participen activamente en asambleas de los núcleos agrarios y sean contendientes y, en su caso, electas como integrantes de Comisariados Ejidales y Consejos de Vigilancia.

La emisión de sentencias con perspectiva de género materializa el acceso efectivo a la justicia, que significa analizar si en la controversia existen relaciones asimétricas de poder en las que se ejerza el patriarcado y la subordinación de la mujer al hombre; revisar las pruebas a fin de identificar si se cuenta con las necesarias para conocer la verdad o se requiere dictar acuerdos para complementarlas; el marco jurídico aplicable a fin de garantizar su neutralidad y, si es necesario, emplear un control difuso de constitucionalidad; elevar el estándar de protección con las normas convencionales, así como utilizar un lenguaje que no discrimine, que visibilice la igualdad de derechos entre mujeres y hombres. En ello, el Tribunal Superior Agrario ha emitido criterios que indican que, con la finalidad de cumplir con la cuota de género para garantizar la participación de mujeres en órganos de representación y vigilancia de los ejidos, deben contender no solo para cargos suplentes, sino también para cargos propietarios, como lo indica el artículo 37 de la Ley Agraria, que establece que no se deberá rebasar el 60% de un mismo género.

Las mujeres que pertenecen a un pueblo indígena constituyen prioridad para asegurar su acceso a la justicia y a la tutela efectiva, padecen múltiples vulnerabilidades: por género, pobreza, edad avanzada, algunas monolingües. En los juicios agrarios en los que participan, debe haber un traductor en lenguas y un asesor en su cultura. Este año se incorporaron a los Tribunales Agrarios 2 peritos en lenguas y uno en antropología social además de la cooperación institucional para contar con peritos en las lenguas requeridas. Además, las jornadas de Justicia itinerante se han desahogado mayoritariamente en zonas indígenas: Urique (Chihuahua), Ocosingo (Chiapas); El Mezquital (Durango); San Antonio la Laguna, Donato Guerra (Estado de México); Ajalpan (Puebla); Halachó (Yucatán); Baborigame (Chihuahua), con mujeres que pertenecen a los pueblos indígenas rarámuri; mazahua, tzotzil y maya, entre otros.

Las mujeres rurales son guardianas de la cultura y prácticas ancestrales del cuidado del medio ambiente, por ello también la importancia que sean titulares de derechos agrarios. Es indispensable contribuir al surgimiento de una nueva generación de mujeres rurales que participen asiduamente en el ejido y la comunidad, como personas con derecho a la tierra y como integrantes de los órganos de representación y vigilancia. Por esta razón es importante reconocer y apoyar sus iniciativas a fin de fortalecer su rol en la economía, el desarrollo y los espacios públicos de decisión.

Maribel Concepción Méndez de Lara
Magistrada Presidenta del Tribunal Superior Agrario
mendezdelara@yahoo.com.mx
Mmendezdelara3@twitter

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