Poco a poco gana la atención la importancia de lo que se discutirá en el Instituto Nacional Electoral, con respecto a la asignación de los diputados de representación proporcional. Poco a poco, distintas voces de la sociedad civil se alzan para reclamar una asignación conforme al espíritu de la Constitución y de acuerdo con la voluntad popular expresada el pasado 2 de junio. A los partidos políticos les falta un poco de enjundia, pero supongo que ya están preparados.

El proceso electoral estuvo plagado de inequidades, las “casillas zapato” (en las que votó el total del padrón y todos a Morena) avisan del poder del crimen organizado, así como la compra de votos. Pero aun así los partidos han reconocido, con las reservas de la propia impugnación, que Morena encabezó una coalición que ganó y que para la conformación del congreso obtuvo el 54% de los votos.

De cualquier manera, con impugnaciones o sin ellas, hay una expresión de la votación que la Constitución manda respetar. Desde el gobierno han distorsionado la cláusula que limita a la fuerza ganadora a no tener más de 8% de su propio porcentaje. Esta interpretación resulta inaceptable, como lo resulta también el hecho de que el partido que quedó en 5º lugar termine obteniendo el 2º lugar en número de diputados. El resultado de una interpretación así es contrario a la Constitución y a la voluntad popular, lo que intentan hacer es regalarle 8% más de representación a cada partido de la coalición ganadora. Y ahí está el abuso o el supuesto error.

De acuerdo con la Constitución, opera el 8% como un límite a la asignación de Diputados de Representación Proporcional. Es decir, la coalición ganadora podría tener 62% de la Cámara. El 62% en sí mismo es muchísimo, significan más o menos 310 diputados federales. Es decir, tendrían una holgada mayoría absoluta que les permite, por ejemplo:

1. Reformar todas las leyes. Pueden reformar lo mismo la Ley General de Educación, como cualquier ley que regule las pensiones o con la energía nuclear. Cualquier ley.

2. Aprobar el presupuesto de egresos, decidir sobre cómo se van a gastar los impuestos y todos los ingresos (hasta la deuda pública) en nuestro país. Pueden aprobar el presupuesto “sin quitarle una coma” a la propuesta de la presidenta o aceptar ocurrencias de última hora. Todo. Pueden aprobar la deuda pública que se les dé la gana, como se hizo estos seis años en los que se aprobaron siete billones en ese rubro.

3. Crear nuevas leyes, las que quieran y sobre los temas que quieran.

Ahora bien, les faltarían nada más 25 votos para lograr una mayoría calificada para aprobar las reformas constitucionales. Porque con el 66% de la cámara sería suficiente.

Pero al gobierno no le parece suficiente lo que la voluntad popular concedió a los partidos de su coalición, que fue una tranquila mayoría absoluta. No le parece suficiente el 62%, quiere el 75% de la Cámara. ¿Por qué quiere incluso mucho más allá que la mayoría calificada que le permite reformar la Constitución? Y aquí nos preguntamos: ¿Por qué Morena no quiere el 54%, ni el 62%?  ¿Por qué quiere forzar una fórmula, engañar con un convenio de coalición, violentar la Constitución y quedarse con el 75%?

La respuesta es la siguiente:

Con el 75% de la Cámara de Diputados, la oposición, es decir, el resto del país, no tendría derecho a defenderse a través de la Acción de Inconstitucionalidad.

La Acción de Inconstitucionalidad es un juicio que puede iniciarse por una minoría parlamentaria y tiene por objeto que la Corte pueda declarar la inconstitucionalidad de una ley. Pero la minoría parlamentaria en cuestión debe representar al menos el 33%. Si Morena se lleva el 75% de la Cámara, los diputados de oposición nunca podremos presentar la mencionada Acción de Inconstitucionalidad.

Con esta interpretación, ni toda la oposición junta (incluyendo Movimiento Ciudadano) podrían obtener una Acción de Inconstitucionalidad, les faltarían cerca de 40 diputados para defendernos de una ley inconstitucional, ya que sólo se tendría el 25% de la Cámara.

Por si esto fuera poco, Morena reformó la ley para que no se permitan los efectos generales de una sentencia de amparo. El retroceso es enorme porque regresamos a la época en el que sólo las personas con mucho dinero podrán ampararse.

En conclusión, la asignación de los diputados de representación proporcional debe hacerse conforme a la Constitución y, políticamente, sería un error en todos los sentidos conceder un poder -que nunca se otorgó- a la coalición liderada por Morena, sin que nadie pueda defenderse. Ojalá tanto el INE como el Tribunal Electoral entiendan la responsabilidad que significa actuar conforme a la ley, a la Constitución, al espíritu de ésta y tengamos una Cámara de Diputados que realmente refleje la voluntad popular expresada en las urnas. Ganaron el 54% pueden tener hasta el 62%, pero nunca el 75%.

Diputada federal. @Mzavalagc

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