El 16 de enero del presente 2023 iniciaron funciones 8 Tribunales del Poder Judicial Federal (PJF), denominados “Plenos Regionales” , que conforme a lo establecido en la reforma constitucional de marzo de 2021, se crearon en lugar de los Plenos de Circuito. (A.G. 108/2022, del Pleno del CJF).
En algunos aspectos, el derecho aplicable a un caso concreto puede ser interpretado desde diferentes puntos de vista. Interpretación que también guarda relación con la autonomía, independencia, formación jurídica y criterio de las y los juzgadores. A fin de salvaguardar la seguridad jurídica de nuestro sistema, como es de todos conocido, la unificación de estas discrepancias se lleva a cabo a través de los procedimientos de Contradicción de Tesis.
Las denuncias de contradicción de tesis (CT), anteriormente, se decidía por las Salas o el Pleno de la Suprema Corte, según correspondiera. Sin embargo, el gran incremento de CT, así como de otros asuntos de la competencia del Máximo Tribunal, dio lugar a que en la reforma constitucional de 2011, se establecieran los Plenos de Circuito.
Los Plenos de Circuito conformados con los presidentes de los Tribunales Colegiados de la Materia o con los Magistrados integrantes del Circuito, fueron competentes para resolver las divergencias sustentadas entre los tribunales del mismo circuito. No eran tribunales permanentes, sino, que se constituían periódicamente para ese efecto. Si la CT surgía de Tribunales o Plenos de diferentes Circuitos, quien resolvía era la Suprema Corte.
Con la Reforma Constitucional de marzo de 2021, los Plenos Regionales sustituyeron a los Plenos de Circuito . Con la diferencia de que los Regionales se establecen de manera permanente, se integran por 3 magistrados(as). Los circuitos del PJF se agrupan, según las materias, cargas de trabajo y estadísticas en: 1. Plenos Regionales de la Región Centro Norte y 2. Plenos Regionales de la Región Centro Sur, ambos especializados en materia: penal, administrativa, civil y laboral.
En la CDMX tienen residencia los Plenos Regionales Centro Norte en materias penal, administrativa y civil. El laboral en Monterrey, N.L.
La residencia de los Plenos Regionales Centro Sur, Materias: Penal, en San Andrés Cholula, Pue.; Administrativa, en Cuernavaca, Mor.; Civil, en Guadalajara, Jal.; y, Laboral, en la CDMX.
Los Plenos Regionales tienen competencia para conocer en la materia de su especialidad y en el área geográfica que delimita su Región, conforme a los artículos 6 a 11 del AG 67/2022 del Pleno del CJF, de: contradicciones de criterios, conflictos competenciales, solicitud de inicio de procedimiento de declaratoria general de inconstitucionalidad, competencia delegada y de otros asuntos, conforme lo disponga la Suprema Corte.
La duración del cargo de los Magistrados(as) es de 3 años, renovables por un período igual. La renovación de estos plenos será escalonada, por tanto, sus integrantes en esta primera ocasión han sido designados por 3, 2 y un año.
El CJF, para la designación de los integrantes de estos órganos tomó en consideración: conformación paritaria; cursos de actualización y formación en las materias correspondientes; ratificación; y, experiencia como titulares en diversos circuitos judiciales.
El acierto de estos tribunales encuentra justificación en la preservación de los principios de celeridad, especialidad, experiencia, pero, sobre todo, de un valor importante para la justicia: la seguridad jurídica.
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