Comentar sobre los diversos aspectos y dimensiones que engloba la seguridad pública, no consiste únicamente en referirse a la acción policial, pues hay un amplio espectro temático: son varios los capítulos que intervienen en el ámbito y que provocan nuestra atención y reflexión.
A lo menos, observo cinco temas en este gran conjunto que exigen ser abordados, todos sin excepción ni detrimento, con el fin de evitar cualquier vacío en su integración. Permítanme ejemplificar a dónde pretende llegar esta consideración.
Primero, como sucede en el campo de la salud, mientras que la persona, la sociedad y el medio se mantengan sanos, los esfuerzos que promueven el estilo de vida saludable permiten encauzar de forma adecuada las acciones en tal dirección, tanto para individuos como para la comunidad. De modo muy similar ocurre en el terreno de la educación, en todas sus líneas y vertientes, incluyendo el tan importante rubro de la activación física y el deporte. Asimismo, aplica esta visión de causa y efecto en aspectos correlativos al desarrollo de la familia, la alimentación, la vivienda, el crecimiento urbano y otros rubros inherentes al tejido social.
En un segundo término, dentro de la materia policial propiamente dicha, se convoca a la organización de las estructuras de policía para atender a la seguridad y el orden. Ahí, emergen respuestas para el qué, el cómo, quiénes, cuándo, con qué recursos, etcétera. Como resultado de ello, se definen funciones, programas y estrategias; además de ubicar en forma exhaustiva y oportuna la información sobre aquello que permite atender y prevenir situaciones delictivas.
El tercer rubro corresponde a la impartición y administración de justicia. En la materia se han presentado cambios de fondo y forma muy relevantes; entre los cuales se ubica el Sistema Penal Acusatorio y Oral, mismo que me acuso, hoy no puedo calificar por su éxito o fracaso sin reparar en la valoración de sus elementos. Me pregunto, ¿qué tanto se ejerce y qué resultados ha ofrecido?, ¿hay indicadores suficientes?, y, quizá lo más importante, pese al tiempo que fue dable para la capacitación de los diversos actores responsables, ¿ya cumplimos con los objetivos?
Sin embargo, con respecto a rasgos elementales que se exigen en torno a este capítulo y que están consignados en la propia Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, como el señalamiento de que la justicia habrá de ser pronta y expedita, ¿cuáles son los resultados alcanzados?
Infortunadamente, es en las procuradurías de justicia de México donde se observan los tropiezos en términos de oportunidad, trato al ciudadano, falta de transparencia y conducción, entre tantos otros problemas que han entorpecido lo esperado muchas veces a grado superior. A su ingreso en el sistema, los presuntos delincuentes resultan ser o convertirse finalmente en víctimas de la carencia del debido proceso. Además, por si esto fuese poco, las metas y logros, principalmente en el campo de investigación, son por demás cuestionables.
En el cuarto lugar de este panorama sobre el proceder judicial, observamos a la administración de justicia. En esta área no abundaré, más que por desconocimiento, por cuidado a quienes ondean bajo su responsabilidad este quehacer; me refiero al Consejo de la Judicatura Federal y a las Fiscalías de nuestro país.
Ahora bien, el quinto componente y motivo de nuestra entrega es la reinserción social. Si bien existen diversos estudios que abordan la materia, esta ha recibido mínima atención por parte de las autoridades de los tres niveles de gobierno y de los tres poderes de la República. En realidad, conocen poco sobre el Sistema Penitenciario Nacional: es parte de lo que se quiere olvidar o en lo que nada se desea gastar.
Al hablar de inversión, no nos referimos a la construcción de más centros, sino a la contratación de más personal, a la mejor preparación de los directores, abogados, operadores, custodios y policías de seguridad; asimismo, a la elaboración de mejores programas de readaptación y reinserción, hoy inexistentes en los penales. No se debe olvidar que el principal objetivo en tales instituciones, es que las personas privadas de la libertad (PPL) no vuelvan a delinquir. De esto menos se puede hablar, pues las actividades con este fin son casi nulas.
De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (CNDH, 2018), en México hay 205 mil PPL recluidos en 308 penales y, de ellas, cerca de la mitad no han sido sentenciadas lo que significa un importante rezago penitenciario.
De 1990 a la fecha, la capacidad penitenciaria nacional ha crecido 337%, incluidos los penales federales, estatales, municipales y militares, según el estudio Características de la población privada de la libertad en México (INEGI, 2018). No obstante se registran hacinamiento e irregularidades en la operación. Se estima que 114 centros penitenciarios tienen una sobrepoblación superior a 300% de su capacidad, con los consecuentes efectos negativos, como el incumplimiento de los ordenamientos legales de respeto a los derechos humanos y la imposibilidad de reinserción.
En términos de la población, el 81% de las PPL se halla interna por delitos del fuero común y 32% de ellas no cuentan con sentencia. En tanto, del 19% de internos que son del fuero federal, el 10% no cuenta con resolución. Otro grave problema se desprende del internamiento que no distingue a los primo-delincuentes. Aunque en teoría los recién ingresados deben ser previamente clasificados, esto ocurre de forma escasa y, además, no existen controles adecuados.
A su vez, se registran al menos 600 internos por cada colaborador del sistema penitenciario y, en el caso específico de custodios, más de 20 internos por cada uno de ellos. Lo anterior implica que 77% de los centros carece de personal de seguridad suficiente para prevenir y/o contener riñas, lesiones, fugas, suicidios, homicidios, motines, posesión de armas de fuego, privilegios y autogobierno, todas manifestaciones de la vulneración del estado de derecho. Se suma la deficiente preparación de especialistas, pues sólo se cuenta con una academia con reconocimiento oficial: es sabida la ausencia de un sistema de carrera que les permita desarrollarse, ascender o recibir incentivos de superación.
En el diagnóstico ya citado (CNDH, 2018), la máxima calificación obtenida por los penales fue de 6.27, en una escala del 1 al 10. De los más de 300 penales mexicanos, la Asociación de Correccionales de América, (ACA) sólo ha certificado a 56 y se carece de una autoridad nacional que lleve a cabo revisiones de esta naturaleza.
El tema de los menores infractores también está semiabandonado, tanto por las autoridades como por las instancias defensoras de los derechos humanos. Muy poca atención se les presta y la información es escasa.
En resumidas cuentas, los grandes conceptos que integran la esfera de la seguridad pública, la procuración, la impartición y administración de justicia, así como la reinserción social presentan limitada eficacia en su marco procesal, de acción y resultados. Recientemente, el Estado ha comprobado tal aseveración que a muchas personas nos margina hacia una importante preocupación y desamparo.
México tiene de sobra personas con vasto conocimiento que, en el curso de sus trayectorias han demostrado el talento hoy tan requerido. Pero, la pregunta es vigente: ¿dónde están?, ¿qué hacen?, ¿por qué no han sido convocadas?, ¿por qué no actúan en consecuencia? Más que nunca, todos son necesarios para la patria.