Un día después de la marcha organizada desde y para el poder, las comisiones unidas de Reforma Política-Electoral, de Puntos Constitucionales y de Gobernación y Población, darán respiración artificial al dictamen de reforma constitucional en materia electoral presentado el día de ayer. A sabiendas de que hasta ahora las obsesiones del Presidente no cuentan con la mayoría calificada para modificar la Constitución, la apuesta será las modificaciones a leyes secundarias que podrían concretarse con los aliados de Morena.
Visto así, los pilares del régimen electoral debieran permanecer sin mayores cambios puesto que cuentan con asidero constitucional. Si se hacen modificaciones por la vía de leyes secundarias, no se podrá cambiar el blindaje al padrón electoral.
Una de las tareas más costosas del órgano electoral es la actualización, confección y resguardo del registro de electores. Mientras el control del registro de electores estuvo a cargo de la Secretaría de Gobernación se gestaron diversas prácticas fraudulentas que permitieron que los muertos votaran o que existieran porcentajes de votación mayores al cien por ciento.
Hoy en día, la protección de datos personales sensibles es posible gracias a la legislación vigente en la materia, pero también debido a que es una institución profesionalizada y autónoma del poder político la que se encarga de emitir la credencial electoral ―lo más cercano a una cédula de identidad. Nadie quiere que sus datos caigan en manos de intereses privados.
A partir de leyes secundarias no se podrá modificar la estructura permanente del órgano nacional electoral para dar paso a la existencia de órganos temporales. Tampoco se podrá suprimir el hecho de que sean ciudadanos capacitados quienes hagan la recolección y el conteo de los votos. Ni mucho menos se podrá cambiar de raíz la forma de designar a consejeros y magistrados electorales sin contradecir los principios establecidos en la Constitución.
Lo que sí se podría modificar por la vía de leyes secundarias son decisiones que contradigan la Constitución y que sin duda generarán acciones de inconstitucionalidad. También cabe la posibilidad de que se aprueben aspectos que comprometan la gestión del órgano electoral nacional y que pongan en riesgo su desempeño. El primer golpe ya lo han dado los diputados al aprobar un recorte presupuestario de 4 mil 400 millones de pesos.
A manera de posibilidad, se ha evocado incluir una cláusula de enfriamiento de diez años para aquél o aquella consejera electoral que pretenda incursionar en la vida política después de dejar el cargo.
Las cláusulas de enfriamiento son medidas necesarias para evitar el fenómeno de puertas giratorias, es decir, el tránsito de un funcionario al sector privado o viceversa. También se contempla para integrantes de órganos reguladores para evitar el uso del cargo para fines personales. La legislación mexicana contempla un periodo de dos años para aquel consejero o consejera electoral que pretenda ser candidato a diputado o a senador. Sin embargo, por considerarla excesiva y violatoria a la libertad laboral, la Corte invalidó un párrafo de la Ley Federal de Austeridad Republicana que contemplaba una prohibición similar para los funcionarios públicos.
En tiempos de desencanto y crisis, solo el INE es capaz de generar una movilización como la que estamos presenciando. Si esto es posible es porque su vigencia resulta indispensable para la supervivencia de nuestra democracia.
Investigadora de la Universidad de Guadalajara. @loluloumorales