En la madrugada del pasado 2 de marzo fueron publicadas las cuatro leyes que quedaban pendientes del paquete de modificaciones legales a las reglas electorales, conocidas como “Plan B” (que implicó cambios a seis normas en total). Con ello se abre la puerta a la impugnación ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación por la gran cantidad de violaciones a la Constitución que implican esos cambios.
A Edmundo Jacobo, funcionario comprometido y ejemplar.
Ya he mencionado que el sistema electoral que se construyó en los últimos treinta años se basa en cinco pilares fundamentales establecidos en la Constitución: a) la autonomía frente a los poderes e independencia respecto de los partidos de las autoridades electorales; b) el Servicio Profesional Electoral Nacional, un robusto servicio civil de carrera integrado por personal calificado que se encarga de las tareas sustantivas del INE; c) una estructura descentralizada permanente con presencia en todo el país que permite al Instituto tener un contacto cotidiano con la ciudadanía, construir nexos de confianza con ésta, brindarle servicios públicos de calidad (como la expedición de la credencial para votar con fotografía) y mantener actualizados sus datos registrales; d) administrar el Padrón Electoral, la base de datos personales más grande y segura del país, a partir de su actualización y depuración permanente, y d) la existencia de condiciones equitativas de la competencia a partir de tres ejes: un financiamiento público generoso (tal vez demasiado) que le permite a todos los partidos contar con recursos suficientes para mantener sus estructuras y participar con suficiencia en las contiendas electorales, acceso a la radio y televisión sin depender, para ello, de la compra de publicidad, y garantías para que los gobiernos y los servidores públicos no intervengan en las elecciones.
El “Plan B” contradice y en buena medida dinamita esos cinco pilares por lo que, al estar garantizados por la Constitución, viola abiertamente las disposiciones de nuestra carta magna. Por eso el INE decidió (con independencia de que lo hayan hecho también varios partidos políticos y minorías parlamentarias) impugnar esas reformas ante la SCJN que está llamada a ser, de nueva cuenta, el guardián último de nuestro régimen constitucional.
El 1º de febrero, se presentó una primera Controversia Constitucional impugnando la violación de la leyes generales de Comunicación Social y de Responsabilidades Administrativas (publicadas el 27 de diciembre de 2022) a las condiciones de equidad en las campañas políticas al permitirle a los servidores públicos intervenir con sus dichos en las contiendas electorales y abrir la puerta a la promoción personalizada de funcionarios a través de la propaganda gubernamental, cosas que están prohibidas por el artículo 134 de la Constitució
El día de hoy, por otra parte, se presentará una nueva Controversia impugnando la inconstitucionalidad de otras cuatro normas (las leyes generales de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Partidos Políticos, de los Medios de Impugnación en Materia Electoral y la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación). Esta nueva controversia se centra en cuatro ejes fundamentales:
Las flagrantes violaciones al proceso legislativo por parte del Congreso de la Unión que renunció a realizar un auténtico proceso deliberativo como está obligado, dispensó indebidamente trámites, las comisiones unidas que debían dictaminar sesionaron de manera separada, entre un largo rosario de violaciones procesales adicionales;
La vulneración de la autonomía e independencia del INE al intervenir en decisiones que la Constitución reserva al Instituto;
El desmantelamiento de las estructuras y por lo tanto de las capacidades operativas del INE, lo que vulnera principios constitucionales y pone en grave riesgo el carácter auténtico que la Constitución establece deben tener las elecciones, y
Las afectaciones inconstitucionales que la reforma le infringe a los derechos laborales de los trabajadores del Instituto, tanto por la supresión de una enorme cantidad de plazas, como por la afectación a prestaciones a que constitucionalmente tienen derecho.
Es el tiempo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y de otras instancias judiciales que conocerán la marea de impugnaciones que una reforma mal hecha, regresiva e inconstitucional está provocando. Les toca a los tribunales de la República, que merecen todo nuestro respeto y reconocimiento ante el acoso del que están siendo objeto desde el poder, restaurar el orden democrático y constitucional que los poderes Legislativo y Ejecutivo han trastocado.