Ayer, la Suprema Corte de Justicia de la Nación desestimó la acción de inconstitucionalidad contra la reciente reforma judicial. El proyecto no alcanzó los 8 votos necesarios para declarar la inconstitucionalidad parcial de la reforma, como lo proponía el proyecto en discusión. El primer comentario que escuché sobre esta decisión fue que se había respetado la Constitución e impuesto la voluntad del pueblo, pero ¿realmente se impuso la voluntad popular, o fueron los poderes fácticos que hoy prevalecen?
Para entender mejor esta disyuntiva, recordemos a Ferdinand Lassalle, quien en su célebre conferencia sobre “¿Qué es una Constitución?”, explicó que esta no es meramente un conjunto de normas jurídicas plasmado en un documento, sino la expresión del poder de quienes realmente influyen y dominan la vida política y económica, los llamados “poderes fácticos”. Y en el México actual, tal parece que nuestra Norma Suprema refleja más la voluntad de los intereses de un partido, por no decir de una sola persona, que la de los principios democráticos.
Constitución y poder fáctico.
Lasalle argumentó que una Constitución es en realidad el resultado de un equilibrio de poderes que actúan fuera de la legalidad y que se manifiestan como una especie de pacto entre esos poderes fácticos, como los grandes grupos económicos, políticos, religiosos o mediáticos, y son los que realmente dirigen los destinos de una nación. De acuerdo con esta teoría, cualquier cambio constitucional no solo responde a la voluntad de la mayoría en un sentido democrático, sino también a los intereses de estos grupos de poder, quienes tienen la capacidad de moldear las normas a su favor.
En México, siempre se ha confirmado esa premisa, no es algo nuevo, solo que en el pasado interactuaban varios de estos poderes, hoy parece que es solo uno quien incide. La reforma judicial que buscaba invalidar la SCJN, y que finalmente fue “validada” indirectamente por falta de consenso, no parece surgir de un auténtico clamor ciudadano, más bien obedece a los intereses y deseos de un solo grupo político que, aprovechando su mayoría en el Congreso legisla conforme a su agenda, estableciendo su control sobre el Poder Judicial. Este tipo de maniobras ilustran perfectamente cómo los poderes fácticos, en este caso, un partido político y su fundador, pueden modificar la Constitución para ajustarla a su visión política.
Morena como poder fáctico: su voluntad es Constitución
La Suprema Corte de Justicia es el único contrapeso que queda, o quedaba, frente al grupo en el poder. Con cada reforma promovida por el oficialismo, la Constitución parece transformarse en una carta que justifica y perpetúa sus intereses, más que en un documento que protege los derechos fundamentales y limita el ejercicio del poder.
La reforma judicial no es un caso aislado, es parte de un conjunto de proyectos que están transformando o desapareciendo las instituciones del Estado. La preocupación no debe ser menor, pues, bajo el ropaje de que solo cumplen lo que el pueblo manda, la voluntad de un partido se convierte en Norma Suprema, erosionando gravemente los frenos y contrapesos que caracterizan una democracia. Lo que estamos presenciando no es la construcción de una Constitución donde se refleja la voluntad del pueblo, sino una Constitución que refleja las necesidades de un solo grupo de poder, en el poder.
El riesgo de una Constitución subordinada al poder
Una Constitución debe ser un freno al poder absoluto, un garante de las libertades individuales y los derechos humanos. Pero cuando se convierte en un reflejo de la visión de una sola persona o de un solo grupo, pierde su esencia. El peligro cuando esto pasa, y quizá en estos momentos ni la propia presidenta Claudia Sheinbaum lo advierta, radica en que la Constitución pierda su legitimidad, ya que deja de ser un pacto social para convertirse en una imposición.
Ayer se respetó la Constitución, sí, pero una Constitución cada vez más subordinada. La teoría de Lassalle parece encontrar eco en la realidad que hoy vivimos. Mientras los poderes fácticos sigan ordenando el actuar del legislador, la Constitución será poco más que un instrumento al servicio de sus intereses.