La Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó en 1985 los Principios Básicos Relativos a la Independencia de la Judicatura, que buscan que, a través de la selección, capacitación y códigos de conducta de las personas juzgadoras y “cuando sea procedente, a los jueces legos” (no profesionales del derecho), se garantice la competencia, independencia e imparcialidad del sistema de justicia que pueda garantizar el derecho de toda persona a ser oída públicamente y con justicia y a ser juzgada sin demora indebida.

Estos Principios establecen que las personas juzgadoras deben permanecer en el cargo por un periodo determinado, en el que serán “inamovibles” y que “el sistema de ascenso de jueces, cuando exista, se basará en factores objetivos”.

Curiosamente del único tema que menciona sobre la organización de los sistemas de justicia, respecto de la asignación de asuntos, dice únicamente: “es asunto interno de la administración judicial”.

Se refiere, finalmente, a que las personas juzgadoras tienen los mismos derechos humanos que cualquier persona, aunque deben resguardar el secreto profesional y gozar de inmunidad personal con relación a “acciones civiles por daños y perjuicios derivados de acciones u omisiones indebidas cometidas en el ejercicio de sus funciones judiciales”, si bien señala la necesidad de medidas disciplinarias, de suspensión y separación del cargo “por incapacidad o comportamiento que los inhabilite” para seguir desempeñando sus funciones.

Lejos de una percepción de positiva, la Encuesta Nacional de Calidad e Impacto Gubernamental 2023 aplicada por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI), muestra la deficiente percepción en que la ciudadanía tiene del Poder Judicial.

El tercer tramite que realiza la población mexicana mayor de 18 años, sólo después de trámites médicos, se presenta en juzgados y tribunales (95.6% en 2023), en los que poco más de la mitad (51.7%) se manifestó “satisfecha” con el tiempo destinado; 62.3% dijo estar “satisfecha” con la atención recibida; 70.7% dijo haber obtenido lo que quería (frente al promedio de 95.6% en todos los temas). No obstante, la percepción general de corrupción se ubicó en 83.1%, aunque solo 16.3% manifestó haber tenido una experiencia directa de corrupción en juzgado o tribunal (sexto lugar de la lista de trámites donde se experimentó actos corrupción).

El peor marcador para el Poder Judicial se registró en el índice de confianza. En general, las instituciones en que más confía la población mexicana son las universidades públicas, seguidas por las escuelas públicas de nivel básico (78.7% y 78.5%, respectivamente).

Siguen, en orden descendente: Ejercito y Marina, hospitales, organismos públicos autónomos, Guardia Nacional, organizaciones no gubernamentales, comisiones de derechos humanos, Gobierno Federal, institutos electorales, personas servidoras públicas en general (50%), gobiernos municipales (49.9%), medios de comunicación, gobiernos estatales, empresarios, juezas y magistradas (39.4%), sindicatos, policías, cámaras de Diputados y Senadores y partidos políticos.

Los estados que “más” confían en las personas juzgadoras (de 48% a 54%) son Nayarit, Sinaloa, Coahuila, Zacatecas y Guerrero, mientras que se confía menos en ellas (27% a 33%) en Baja California, Ciudad de México, Chiapas y Estado de México.

En tanto, a nivel internacional, el Índice del Estado de Derecho, que mide la actuación de las instituciones de seguridad y justicia de 142 países, coloca a México en el sitio 116 de una lista 142 países.

Todo parece indicar que no está sólo en las características individuales de juezas y jueces la generación de instituciones de justicia que las y los mexicanos requerimos.

Ministra SCJN

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