Desde 2018 cuando se aprobó la reforma al artículo 19 constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa, y hasta la fecha, no se ha logrado combatir la impunidad que sigue en el orden del 95 por ciento, y como es evidente, tampoco se ha reducido la violencia. Lo que sí es real, es que esta figura se usa de forma discrecional y con fines políticos, ahí está el caso de José Manuel Del Río.
La prisión preventiva oficiosa no puede servir como herramienta política para ningún gobierno, pues de hacerlo, nos lleva a un régimen autoritario en donde los instrumentos legales son usados para oprimir, amenazar, intimidar, desprestigiar o difamar a cualquiera que se considere parte de la oposición política o de los adversarios del partido oficial, debilitando de manera preocupante nuestra democracia.
A poco más de tres años de que fue aprobada la reforma por la cual se amplió el catálogo de delitos que ameritan prisión preventiva oficiosa, y que ha sido una de las principales apuestas de este gobierno en su estrategia de seguridad, es necesario revisar con la mayor objetividad desde un enfoque jurídico y de derechos humanos el impacto que ha tenido esta medida en los niveles de incidencia delictiva.
Es importante retomar las opiniones que sobre este tema han emitido la Organización de las Naciones Unidas (ONU), y la Comisión Interamericana de Derechos Unidos (CIDH), quienes sostienen que la prisión preventiva oficiosa o automática es incompatible con las obligaciones internacionales en materia de derechos humanos.
Es de destacar que el propio presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), reconoce que se ha abusado de esta figura, pues en muchas ocasiones primero se detiene a la persona acusada, para después investigar y reunir pruebas sobre su supuesta culpabilidad.
Es por eso que mi voto fue en contra de la reforma al artículo 19 constitucional en materia prisión preventiva aquel 6 de diciembre de 2018. Lo dije muy claro en esa ocasión y lo repito ahora: la prisión preventiva es violatoria de los derechos humanos, porque no se puede meter a la cárcel a alguien sin antes investigar, o imputar sin investigar. No basta con un usted disculpe, cuando el daño ya está hecho.
Quienes hemos sufrido persecución política, abuso de la autoridad, persecución por instancias que no deben judicializar la política, podemos entender una parte de ese sufrimiento y del desasosiego de saber si está en riesgo tu libertad o la de los tuyos.
Lo advertimos desde tribuna las senadoras y los senadores que votamos en contra, la prisión preventiva oficiosa podría ser usada como una herramienta de persecución política, tal como lo viví yo y mi familia durante el proceso electoral en el Estado de México en 2017.
Lo vuelvo a reiterar porque mi voto fue en contra: es tiempo de revertir la reforma al artículo 19 constitucional en materia de prisión preventiva oficiosa.
Está reforma ha sido una regresión en materia de derechos humanos por atentar contra el principio de presunción de inocencia y llevar a la cárcel sin probar culpabilidad.
Es necesario replantear los alcances de la prisión preventiva oficiosa y de racionalizar su aplicación, esto para proteger a las víctimas y asegurar que la persona denunciada no se evada, pero también, para que no se violenten los derechos humanos y la presunción de inocencia.
Habrá que estar atentos a lo que próximamente determine la Suprema Corte, así como a la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
No podemos permitir que alguien se vaya a la cárcel sin que haya sido probada su culpabilidad, sin ninguna valoración. No se puede mandar a la cárcel a una persona que no ha sido encontrada culpable, y mucho menos, podemos seguir atentando contra los derechos humanos.
La prisión preventiva oficiosa debe dejar de usarse para fines ilegítimos, para la represión, para venganzas personales, para el ataque a activistas, científicos, personas de derechos humanos u opositores políticos.
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