Hace unos meses la autoridad francesa de protección de datos multó a la plataforma TikTok por su política de aceptación de las cookies al intentar disuadir a sus usuarios de la posibilidad de rechazarlas y no informarles respecto de su contenido y forma de presentación, siendo uno de los casos más recientes de identificación de los denominados patrones obscuros.
El término “patrones oscuros” o “dark patterns” fue creado para describir las formas en que una aplicación, página web o plataforma digital pueden engañar sutilmente a los usuarios para realizar acciones que no deseaban hacer o para desalentar un comportamiento. Bajo este contexto, dicho concepto refiere a las interfaces e implementaciones de experiencia de usuario destinadas a influenciar en ciertas conductas en las personas usuarias en sus interacciones digitales de forma que tomen decisiones potencialmente perjudiciales para la protección de sus datos personales.
Un punto que debemos advertir es que, estas técnicas de persuasión se caracterizan por ser sumamente coercitivas, debido su potencial para manipular o engañar al usuario de manera intencional, con el fin de influir en su comportamiento digital de tal forma que complete o realice una acción específica aprovechando los sesgos cognitivos. De esta manera, son utilizadas para aumentar el consumo de bienes y servicios, obtener información o el consentimiento de los usuarios para fines mercadotécnicos o publicitarios y, aumentar su participación o tiempo de permanencia en una aplicación o red social generando un hábito.
Entre los tipos de patrones oscuros, podemos citar a manera de ejemplos los siguientes: la redacción engañosa o confusa, la falsa urgencia o escasez, la difícil cancelación, la suscripción oculta, los anuncios disfrazados, la interferencia visual, los altos costos disfrazados de bajo costo, la preselección de opciones que limitan la facultad de selección del usuario y la acción forzada, en la que se le exige al usuario hacer algo a cambio.
En la coyuntura del receso por el periodo vacacional y ante el regreso a clases, debemos de estar siempre atentos a nuestras interacciones en páginas web, aplicaciones y plataformas digitales de socialización y comercio, así como del tratamiento que éstas dan a nuestros datos personales y de la información que deriva de nuestra navegación. Como usuarios y consumidores, debemos de estar alertas de la posibilidad de que, en estas fechas, se presenten casos de patrones oscuros; por lo que no podemos dejar de lado que la alfabetización digital no solo consiste en saber utilizar los dispositivos y aplicaciones, sino que también implica el hacer un uso consciente y crítico de las tecnologías anteponiendo la protección de nuestra información personal y la garantía de nuestros derechos, a través de nuestro consentimiento informado.
En este caso en concreto, en lo relativo a los patrones oscuros, debemos de considerar que estos obstaculizan nuestra capacidad para proteger eficazmente nuestros datos personales y nos impiden tomar decisiones conscientes. Por lo que saber de ello y reconocerlos, al leer los términos y condiciones de los productos y servicios que pretendemos adquirir o contratar, así como hacer uso de las herramientas de privacidad, será clave para proteger nuestra información y seguridad.
Comisionada del INAI
@JosefinaRomanV