Hoy es el COVID19. La radio, la televisión, los diarios y las redes sociales, difunden minuto a minuto la información más relevante sobre esta crisis mundial; sin embargo, hace menos de un mes, los temas que acaparaban los encabezados eran la marcha del 8 de marzo, con más de 80 mil personas en la Ciudad de México y el paro de mujeres del día 9 del mismo mes, como acciones para reclamar justicia ante la alta tasa de feminicidios; innumerables pancartas aludían a las mujeres víctimas, 3 de ellas , casos muy recientes y que nos horrorizaron por su crueldad y salvajismo: el de Ingrid Escamilla, el de Abril y el de Fátima.

Basta una búsqueda en la web para darnos cuenta de la cantidad de datos personales difundidos no solo de ellas, sino de sus familiares: edad, domicilio, estudios, lugar de nacimiento, nombres, etc; datos personales que, sin lugar a dudas, identifican o hacen identificable a una persona. De Ingrid, por ejemplo, además de la exposición brutal de las fotografías de su cuerpo desmembrado, se publicó que era originaria de un Municipio del Estado de Puebla; dato que, sabemos bien los que somos de alguna región de la provincia, es suficiente para identificarla con precisión a ella y a su familia.

Los artículos 6 y 16 de la Constitución disponen el derecho a la protección de los datos personales y a la información sobre la vida privada, así como el derecho a oponerse a su tratamiento, salvo que se trate de una excepción por razones de seguridad nacional, orden, seguridad y salud públicos o para proteger derechos de terceros; además, en su artículo 20 establece como derecho de una víctima el resguardo de su identidad y sus datos personales, tratándose de menores de edad; o de delitos de violación. Ni Ingrid, ni Abril ni Fátima podrán oponerse al uso de sus datos, pero aún así, es inaceptable la difusión masiva de su información y la de sus seres queridos, quienes con todo lo publicado podrán ser fácilmente identificables; es más que evidente una violación a su derecho a la Protección de sus Datos Personales. Tal vez la pandemia por el COVID19 haya distraído la atención de tan terribles feminicidios, pero para ellos sigue y seguirá siendo tema central la pérdida de sus hijas, madres y hermanas, no solo por el dolor que genera un suceso tan lamentable, sino porque a donde quiera que vayan, y a consecuencia de la sobreexposición de datos que de acuerdo a la Ley debían permanecen en el anonimato, los perseguirá el conocimiento público de su parentesco.

Los datos personales de las víctimas de femicidio o de violencia deben estar especialmente protegidos, no son públicos; debemos dimensionar el daño que les hacemos como sociedad al exponerlos tan abierta y mediáticamente; día con día se viralizan videos de mujeres siendo golpeadas, y aunque en muchos casos es para denunciar al agresor, no podemos perder de vista que también las estamos violentando al difundir, sin su consentimiento, algo tan doloroso como un abuso. Urge instrumentar mecanismos que garanticen una protección de datos con perspectiva de género; hay propuestas en lo legislativo, pero también se pueden implementar protocolos de actuación inmediata para las autoridades encargadas de la persecución de los delitos y atención a víctimas, quienes, en coordinación con los medios de comunicación deberán velar por la confidencialidad de los datos personales de las mujeres. El deber moral de protegerlas es de todos.

Comisionada del INAI.

@JosefinaRomanV

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