Esta nota quizá sería innecesaria si no viviéramos un tiempo de canallas, como diría Lillian Hellman. Desde la Presidencia de la República se ha intentado desprestigiar la labor de un funcionario electoral probo y eficiente. Escribo “intentado” porque los dichos, aunque provengan del presidente, no dejan de ser infundios y calumnias.
Edmundo Jacobo ha ocupado la secretaría general del INE y antes del IFE bajo la presidencia primero de Leonardo Valdés y luego de Lorenzo Córdova. A propuesta de los respectivos presidentes fue electo por el Consejo General de dichos institutos. Esa sola constatación nos dice mucho: que su trabajo es y fue apreciado en distintas administraciones y por los integrantes de cuerpos colegiados —en los que anida la diversidad—, que siguieron y evaluaron puntualmente el cumplimiento de las estratégicas tareas que tenía encomendadas.
El secretario general del INE es la cabeza de la rama ejecutiva del Instituto. Forma parte de la Junta General Ejecutiva, los directores acuerdan con él y es el secretario del Consejo General. Es el representante legal del Instituto, coordina las Juntas Locales y Distritales, encabeza el servicio profesional, es el encargado del Programa de Resultados Preliminares, recibe los informes de los vocales ejecutivos de las juntas, elabora el anteproyecto del presupuesto y no le sigo. Es un puntal de los trabajos del INE y Edmundo Jacobo cumplió de manera sobresaliente sus encomiendas en ambientes que suelen ser tensos y cargados de presiones. Quienes conocen su trabajo y no hablan de oídas reconocen en él a un funcionario ejemplar.
Pues bien, la primera consecuencia de la reforma legal en materia electoral fue la de removerlo de su encargo. Y la disposición muestra de manera nítida los absurdos retorcidos que contiene el llamado plan B. La reforma, por lo pronto, no cancela la Secretaría Ejecutiva, pero en un artículo transitorio estableció que “la persona titular de dicho cargo cesará en sus funciones a partir de su publicación”. Se trata de una secretaría a la que las nuevas disposiciones cercenan facultades, pero que se mantiene. Tan es así que el Consejo General del INE se vio obligado a nombrar un “encargado del despacho”.
Es entonces una disposición ad hominem, una fórmula execrable para legislar, porque se supone, en buena lid, que las normas deben ser generales, no destinadas a favorecer o agredir a una persona determinada. El transitorio despide el fétido aroma de la venganza, el capricho, el abuso del poder.
Si ello fuera poco, el transitorio viola de manera flagrante la autonomía del INE. Su secretario general es propuesto por el consejero presidente y votado por el Consejo General, precisamente para garantizar que responda solamente al Instituto y a su autoridad superior y a nadie más. Pues bien, el Legislativo al destituirlo excedió sus facultades, se inmiscuyó en un asunto que le compete solo al INE, violó su autonomía.
Ya el INE interpuso un recurso ante el Tribunal Electoral y es de esperar que el Tribunal deshaga el entuerto. Quizá sea el primer litigio que se resuelva en relación a la nueva legislación electoral. Una normatividad cuya sola existencia genera y generará disputas judiciales para dar y regalar. Lo dicho: lo que debería ser el basamento para la coexistencia de la pluralidad política, de partida es ya el terreno de la discordia. Eso no lo había logrado ninguna fuerza política y/o gobierno desde hace por lo menos 29 años.
Profesor de la UNAM
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