En el Diario Oficial de la Federación del 14 de mayo, se publicó el acuerdo del Secretario de Salud que establece la estrategia general para la reapertura de actividades sociales, educativas y económicas, así como el sistema de semáforo para evaluar la reapertura en las entidades federativas. En esta norma jurídica se establecieron tres grandes elementos: el calendario de apertura por etapas; el código de colores (rojo, naranja, amarillo y verde) para determinar el nivel de riesgo de contagio y la condición de las actividades; y la incorporación de tres nuevas tareas esenciales (construcción, minería y fabricación de equipo de transporte) a las previstas en acuerdos anteriores.
Para darle concreción a la estrategia general en materia económica, en el DOF del día 29 siguiente, se publicó el acuerdo emitido por los secretarios de Salud, Economía y del Trabajo, y por el Director del Seguro Social. En él se detalla las medidas que, en principio, todos los centros de trabajo habrán de implementar para lograr el retorno o la continuidad de sus actividades. Recalco la expresión “en principio”, pues en el mismo acuerdo se prevé la posibilidad de que se emitan lineamientos para atender a las especificidades de cada sector económico.
A partir del 1 de junio todas las empresas podrán reiniciar operaciones, sin necesidad de autorización previa, siempre que cumplan con los lineamientos establecidos en el acuerdo del día 29 y con lo dispuesto en el semáforo de riesgos epidemiológicos. Los principales elementos a tomar en cuenta son cuatro: la clasificación de la actividad a realizar como esencial o no esencial; el color del semáforo epidemiológico para el lugar en que se encuentre el establecimiento; el tamaño del centro medido por número de trabajadores; y las características internas, determinadas primordialmente por el riesgo individual del personal. Como es evidente, lo que predomina en este esquema son los dos primeros factores, pues ahí donde el territorio se encuentre en color rojo y la actividad se tenga como no esencial, es claro que no podrán reanudarse actividades y todo lo demás quedará subordinado a estos dos factores. Por el contrario, en los casos en que los colores sean distintos o la actividad sea esencial, las otras dos categorías juegan un papel importante, pues si bien no serán en sí mismas suficientes para determinar la apertura, permitirán definir las condiciones del retorno en cuanto al modo de realización (plena o no plena productividad) y del tipo de personas (en riesgo o no en riesgo) involucradas en cada centro de trabajo.
Además de esta estructuración, en el acuerdo se imponen concretas medidas de promoción de la salud y seguridad sanitaria en el entorno laboral. Entre las primeras están la capacitación, el control de ingreso y egreso, la sana distancia, el lavado de manos o el uso de equipo, por ejemplo. En cuanto a la seguridad, en el acuerdo se propone la distinción entre medidas indispensables y no indispensables con respecto al tamaño de las empresas (micro y pequeña, mediana y grande) y sus correspondientes áreas de trabajo. Importa señalar que las determinaciones quedarán sujetas en mucho a las decisiones que cada empresa tome a partir de ejercicios de autoevaluación.
Después de muchas semanas de ambigüedades regulatorias para enfrentar la Covid-19, con el acuerdo del 29 de mayo empieza a notarse mediano orden. Las empresas tienen una hoja de ruta para comenzar a actuar. Desafortunadamente, la misma depende en mucho de la llamada “semaforización”, y ésta a su vez, descansa en un pobre sistema de registros epidemiológicos. Ello conlleva a que puedan abrirse, o mantenerse cerrados, numerosos centros de trabajo a partir de una deficiente calificación de la zona en la que se encuentran ubicados. Esperemos que a la brevedad aparezcan publicados también los acuerdos relativos a las actividades sociales y educativas. Con base en todos ellos, la población tratará de encaminarse a eso que bien se llama “la nueva normalidad”.
Ministro en retiro.
@JRCossio