Se ha activado el procedimiento para designar una nueva ministra o ministro de la Suprema Corte de Justicia de Nación. Es la quinta vez que al presidente López Obrador le corresponde iniciarlo. Descontando a Ernesto Zedillo, ningún titular del Ejecutivo lo había hecho en tantas ocasiones a la mitad de su sexenio. Si se elige a una ministra, por primera vez en la historia las mujeres tendrán la oportunidad de oponerse a que una norma se invalide o a que se forme jurisprudencia, pues para ambas cosas se necesitan ocho votos.
Me parece que el procedimiento iniciado debería ser materia de revisión, porque está mal diseñado. En primer lugar, habría que examinar los requisitos para el cargo. Estos deberían encaminarse a proveer personas técnicamente excelentes a nivel jurídico, además de que sean independientes. Sobre esto último hay que considerar que la Suprema Corte tiene un papel electoral, pues verifica la constitucionalidad de las normas de la materia. A diferencia de lo que ocurre con el Instituto Nacional Electoral y el Tribunal Electoral, no se exige una independencia partidista.
Como con la Constitución en la mano podría nombrarse a una persona integrante o candidata de un partido, sería oportuno prohibir la designación de quienes se encuentran afiliados a un partido político, quienes hayan desempeñado un cargo de dirección en éstos, o quienes hayan sido registrados como como candidatos para un cargo de elección popular.
En segundo lugar, habría que revisar que el procedimiento se inicie con la presentación de una terna. Tras quince procesos de designación queda claro que se trata de ternas de un solo integrante. Solo una persona es la verdadera candidata, y tiene dos acompañantes sin posibilidades reales de acceder al sitial de la Corte. No vale la pena que haya que realizar una farsa para cumplir con la Constitución.
En tercer lugar, hay que examinar el papel del Senado. No debe eliminarse, me parece, pero sí debe quedar más claro su papel. Hoy solo se prevé una comparecencia de las y los candidatos. ¿Eso es suficiente para poder decidir quién será nombrado? Me parece que no. Debería de examinarse a fondo la trayectoria profesional y la filosofía judicial de quien puede llegar a la Suprema Corte. Con un discurso y respondiendo a unas cuantas preguntas esto no puede apreciarse. Hay procesos senatoriales que han durado menos de quince días, lo que pone en evidencia el poco análisis que se realiza.
Y en cuarto lugar habría que valorar la posibilidad de que el presidente termine designando. Actualmente si tras la presentación de dos ternas el Senado no logra nombrar a nadie, el presidente puede realizar la designación. Esto se dispuso para que las desavenencias políticas no afectaran la completa integración de la Corte. Sin embargo, le da al Ejecutivo la posibilidad de nombrar sin la avenencia de la oposición, que es lo que se pretende al establecer una mayoría calificada en el Senado. Bastaría con que los miembros de su partido votaran divididamente a propósito en dos ocasiones para que el presidente pudiera designar libremente. Sería mejor siempre exigir la votación calificada para evitar que una ministra o un ministro cargara con ese lastre político durante los quince años de su periodo.
@ChemaSoberanes