Jorge Nader Kuri

La primera reglamentación sobre Inteligencia Artificial

Jorge Nader Kuri
18/07/2024 |02:14
Jorge Nader Kuri
autor de OpiniónVer perfil

El pasado 13 de junio, el Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea (UE) aprobaron un reglamento por el que se establecen normas estandarizadas en materia de Inteligencia Artificial (IA); el primero de su tipo en el mundo. El reglamento establece un marco jurídico armonizado para el desarrollo, la comercialización y el uso de sistemas de IA en la Unión Europea, tiene como objetivo promover una IA centrada en el ser humano, fiable y que garantice la protección de la salud, seguridad y derechos fundamentales, y es aplicable a los proveedores y responsables del despliegue de sistemas de IA establecidos dentro y fuera de la Unión Europea, siempre que los resultados de los sistemas de IA estén destinados a ser utilizados en la UE.

El reglamento debe aplicarse conforme a los valores de la UE consagrados en la Carta de los Derechos Fundamentales, que promueve la democracia, el Estado de Derecho y la protección del medio ambiente, así como se pretende en nuestro país. Por lo mismo, incluye principios como la acción y supervisión humanas, solidez técnica y seguridad, privacidad de datos, transparencia, diversidad, no discriminación, equidad, bienestar social y ambiental y rendición de cuentas.

La nueva regulación identifica y regula los sistemas de IA considerados de alto riesgo, estableciendo requisitos específicos para garantizar un alto nivel de protección de la salud, seguridad y derechos fundamentales, e impone obligaciones de transparencia a ciertos sistemas de IA, asegurando que los usuarios sean conscientes de cuándo están interactuando con un sistema de IA y comprendan sus capacidades y limitaciones.

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El reglamento también se ocupa de las prácticas inaceptables. Prohíbe aplicaciones y usos de IA que pueden ser manipulativas, explotadoras o discriminatorias, como la categorización biométrica para deducir características personales sensibles o la puntuación ciudadana, por lo cual limita estrictamente el uso de sistemas de identificación biométrica remota "en tiempo real" en espacios de acceso público, permitiéndolo sólo en situaciones específicas y bajo condiciones rigurosas.

Ninguna normatividad basta por sí misma para ser cumplida. De allí que el reglamento establece la existencia de autoridades nacionales y un Consejo Europeo de Inteligencia Artificial para supervisar su observancia y apoyar la implementación de medidas de alfabetización en materia de IA. También establece la realización de evaluaciones de impacto relativas a los derechos fundamentales para ciertos usos de la IA y la obtención de autorizaciones específicas para el uso de sistemas de identificación biométrica remota en tiempo real. También incluye medidas para apoyar la innovación y permite ajustes y actualizaciones para adaptarse a los rápidos avances tecnológicos en el ámbito de la IA.

El Reglamento de Inteligencia Artificial de la UE es un buen ejemplo de cómo las autoridades legislativas mexicanas pueden crear normativas que garanticen seguridad y al mismo tiempo protejan derechos fundamentales; una lección que nuestros parlamentarios deberían de aprender bien, para legislar más allá de lo cotidiano y mirar a largo plazo. Ojalá pronto tengamos, también nosotros, una legislación en materia de IA.

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