Desde hace años, México ha elaborado leyes para castigar el feminicidio. Y qué bueno que así sea. Sin embargo, para nadie es un secreto que el número de feminicidios crece sin cesar en cada medición y que las violencias contra las mujeres se siguen dando sistemática y generalizadamente, por lo cual no se ha logrado ni de casualidad una efectiva protección a la vida y la integridad de las mujeres en nuestro país.
La propia Suprema Corte de Justicia de la Nación así lo ha reconocido. Tras la difusión de la serie televisiva “Canibal, indignación total”, que promovió para denunciar el drama de los feminicidios y generar conciencia y reflexión, elaboró un proyecto de Ley General para Prevenir, Investigar, Sancionar y Reparar el Feminicidio (y el suicidio inducido de mujeres), en el que expone que la falta de resultados se debe a la ausencia de estándares claros y uniformes que generen investigaciones imparciales, serias y exhaustivas y garanticen el castigo de la violencia feminicida; y que sólo a través de una nueva composición normativa del feminicidio y del suicidio inducido se evitará que la cifra de mujeres víctimas de esos flagelos siga aumentando.
Hay que reconocer la aportación de la Suprema Corte, que además es consistente con la labor por ella desarrollada para contribuir a la eliminación de las formas de violencia contra niñas, adolescentes y adultas. Y si bien, como es natural, su proyecto contiene algunos elementos discutibles como, por ejemplo, presuponer una jerarquización del valor de la vida de las mujeres y de los hombres, prohibir el proceso abreviado -que es una forma de justicia restaurativa según jurisprudencia de la Primera Sala-, y cerrar la puerta a cualquier debate sobre su constitucionalidad -porque, ¿cómo podría ser inconstitucional una ley promovida desde la Corte?-, no obstante, se trata, en general, de un documento bien logrado.
La cuestión es, sin embargo, si la novedosa legislación -de llegar a concretarse- logrará lo que las leyes ya existentes no han logrado. Desde luego, la apuesta de la Corte es que así será; que la circunstancia de que el Congreso de la Unión legisle en exclusiva erradicará el feminicidio y el suicidio inducido de mujeres. Pero la dura realidad, no obstante, demuestra una y otra vez que no basta tipificar delitos ni establecer normas abstractas para su prevención, investigación y reparación especial, para que sean exterminados; ni siquiera para que disminuyan notablemente. No ha sucedido en el secuestro, delincuencia organizada, desaparición de personas, trata de personas, tortura, electoral, ni en ninguna otra materia que se regule específicamente en alguna legislación nacional.
Además, por mucho que se eleven las penas y se eliminen prerrogativas procesales que aplican para otros delitos, como en esencia plantea la Corte para el feminicidio y el suicidio inducido de mujeres, el rigor de la ley penal no erradica los delitos en la misma proporción.
No digo que no se legisle para mejorar. Ojalá la Corte tenga razón. Sólo que, más allá de los buenos propósitos, si en lugar de impulsar cambios legislativos para quedar casi igual, las acciones se concentran en el fortalecimiento real de las unidades de investigación de feminicidios, otro gallo cantará. Cuesta más trabajo y dinero; lleva más tiempo y requiere mucha voluntad política, pero es lo más efectivo en el mediano y largo plazo.
@JorgeNaderK
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