La salvaguarda política de la independencia del Poder Judicial de la Federación (PJF) no logró evitar la eliminación de los fideicomisos protectores de los derechos laborales, la organización interna del PJF y, en suma, de su independencia como poder autónomo. A pesar de la disposición al diálogo mostrada por la presidenta Piña Hernández y de las numerosas manifestaciones de apoyo al personal del PJF, principalmente de las agrupaciones sindicales y gremiales afectadas, así como de la sociedad civil, los legisladores de la mayoría aprobaron reformar la Ley Orgánica del PJF a fin de liquidar 13 fideicomisos lícitamente establecidos desde hace muchos años. Casi de inmediato, el presidente López Obrador expidió la reforma y finalmente se publicó en el Diario Oficial de la Federación el pasado viernes 27 de octubre. Lo anterior marca la finalización del procedimiento legislativo y el inicio de lo que será la defensa jurídica de la independencia del PJF, que al final podrá llevar a la subsistencia de algunos o todos los fideicomisos eliminados.
La primera vía de defensa jurídica es la acción de inconstitucionalidad. Aunque esta demanda podría ser promovida por la Fiscalía General de la República o por la Comisión Nacional de Derechos Humanos, es poco probable que lo hagan. Por lo tanto, la responsabilidad recae en la minoría legislativa, como ha ocurrido en varias ocasiones en la presente administración, siempre y cuando se logre obtener un 33 por ciento de firmas de legisladores. En este escenario, aunque es posible que la Suprema Corte suspenda la reforma durante el procedimiento, la anulación del Decreto requeriría una mayoría calificada de 8 ministros, por lo cual surgen preguntas sobre cómo votarían los ministros Zaldívar, Esquivel y Ortiz, así como si la participación del ministro González Alcántara en la manifestación en contra del Decreto lo inhabilitaría para participar en la votación.
La segunda vía jurídica es la acción de amparo. Pueden desde ya promover estos juicios los afectados por la eliminación de los fideicomisos, como en efecto han empezado a hacerlo. También, quienes argumenten tener un interés legítimo, es decir, que si bien no los afecta directamente la eliminación de determinado fideicomiso, sí obtendrían un beneficio derivado de la anulación del Decreto por la especial situación en que se encuentran frente a éste. En este escenario estarían, por ejemplo, asociaciones que tengan por objeto la vigencia del estado de derecho o temas similares. A través del juicio de amparo podría lograrse una declaratoria general de inconstitucionalidad o bien jurisprudencia por precedente a favor de todas las personas.
Otras vías, como la controversia constitucional o el llamado control difuso de leyes, serían menos probables, pero no deberían descartarse. En última instancia, los mexicanos estamos llamados a defender en todos los frentes posibles la independencia del PJF para garantizar la división de poderes y la protección de nuestros derechos y libertades. Es fundamental recordar, de cara al futuro, que ningún Poder debe interferir en la organización y administración de otro. Por lo tanto, todos debemos hacer nuestra parte en esta defensa crucial.