A todo el personal de la Embajada
de México en Bolivia. Con solidaridad.
Una de las más importantes aportaciones que ofreció la antigua Roma a la civilidad y al desarrollo del ser humano, fue la creación del derecho codificado, como un medio pacífico y ordenado, para resolver las diferencias entre las personas, sea por tratarse de asuntos privados o públicos. Fue la manera racional y no pasional, que encontraron para superar la antigua formula del ojo por ojo, diente por diente, y obviamente, una espléndida forma de evitar discusiones estériles, que no solucionan nada.
Lex semper dabit remedium (el derecho siempre dará una solución), pacta sunt servanda (lo acordado se cumple), son algunos de los pilares que han transitado hasta nuestros días, con plena vigencia para dirimir controversias por medio de la ley y la justicia. Principios que aplican por igual al derecho internacional, que regula las relaciones diplomáticas entre las naciones que se han obligado en observar los tratados de los que forman parte, a fin de evitar conflictos y desencuentros con otros estados miembros.
En el caso particular de la Convención de Viena, sobre relaciones diplomáticas, su principal propósito es fomentar las relaciones de amistad entre las naciones con independencia de sus regímenes constitucionales, por medio de principios y reglas que todos deben observar, entre las que destacan, la buena fe, la autodeterminación, la no intervención y la solución pacífica de controversias, entre otros.
Claramente, el gobierno de facto de Bolivia, no está observando ni respetando las obligaciones internacionales que tiene como Estado receptor, al tener un asedio permanente en las instalaciones de la embajada y residencia de México. El hecho de no tener legitimidad constitucional, ni representar a un gobierno democrático, electo por el voto libre de una mayoría popular, no lo excluye de cumplir sus compromisos internacionales, por más gritos que den sus voceros.
Su inconformidad no puede pasar por alto la legalidad y convencionalidad internacional, por el ejercicio de un derecho soberano que tiene México, para ofrecer asilo político a quien lo solicite, en determinados casos. Es parte de nuestra tradición, de nuestro derecho interno y del derecho internacional.
Expresamente hay una violación flagrante al artículo 22 del Tratado de Viena, el cual dispone que el Estado receptor, en este caso, Bolivia, tiene la obligación de proteger los locales de la Embajada, oficinas y residencia, contra toda intrusión o daño, y evitar que se turbe la tranquilidad de la misión, o se afecte su dignidad.
Tener retenes con fuerza pública como medios intimidatorios, fotografiar al personal de la Embajada, motociclistas siguiendo los recorridos de nuestros representantes diplomáticos y la amenaza de irrumpir en nuestras instalaciones en cualquier momento, qué bajo criterios de derecho internacional, son inviolables, no reflejan buena fe, ni voluntad alguna, por atender lo que la ley les mandata y obliga.
Aun así, hay vías para encontrar una solución, por medio de la razón fundada en los principios del derecho internacional. Los tratados prevén el diálogo diplomático, que no debe de ser condicionado, a que México renuncie a un derecho soberano, como es el otorgamiento de asilo político, cuando así lo juzgue procedente.
También se puede optar por una demanda ante la Corte Internacional de Justicia, en donde hay un proceso que puede tomar años en ser resuelto, dado que lleva diferentes etapas procesales. A esto se le debe de agregar, el recurso de revisión que puede interponer una de las partes inconforme con la sentencia. No obstante lo anterior y dada la evidencia del caso, podría ser una opción muy atendible. Como sea, es deseable que prevalezca el respeto y civilidad que merecen tener dos países amigos, para solucionar sus diferencias.
Post Scriptum. A todos los lectores, les deseo un feliz inicio de año y década nueva, esperando que tengan salud, amor, prosperidad y que vengan mejores momentos.
Cónsul General de México en Nueva York