El ruido mediático generado en torno a la aprehensión de Genaro García Luna impide atender con rigor la etapa legal en que se encuentra.

El interés en presentarlo como culpable desde luego no contribuye a la verdad de su situación. Sin embargo, las circunstancias actuales de García Luna poco tienen que ver con esas condenas anticipadas a una sentencia de culpabilidad que todavía no se ha producido. Las diferencias entre los sistemas jurídicos de Estados Unidos y de México pueden explicar la desinformación sobre el caso. La intención aviesa de algunos periodistas y comentaristas, cegados por el oportunismo e intereses partidistas, fomenta también la confusión. En México, la jurisprudencia está consignada en un código, en el país vecino se administra mediante un sistema oral basado en precedentes jurídicos. Aquí, el arresto es una sanción administrativa, mientras que allá es penal y equivalente a una orden de aprehensión. La diferencia es relevante puesto que los diferentes movimientos de García Luna se explican a partir de ese ordenamiento judicial. En Estados Unidos existe la extradición de un Estado a otro, a diferencia de lo que sucede en México que únicamente la contempla entre países.

Lo acontecido con el antiguo director de la AFI puede resumirse hasta el momento en los siguientes puntos: 1. La primera audiencia en Dallas fue para confirmar la identidad del detenido. 2. La segunda audiencia en Dallas se celebró para conocer si García Luna ejercía su derecho a negarse a ser extraditado a Nueva York, derecho al que renunció. 3. La tercera citación, ya en Nueva York, fue una audiencia de procedimiento con objeto de ponerlo a disposición judicial tras su extradición de Dallas. En esta, Genaro García Luna se declaró no culpable de los cuatro cargos que se le imputan. Hasta aquí los hechos.

Mucho se ha reiterado que el juez no aceptó la fianza impidiendo que el acusado siga el proceso en libertad. La cierto es que hasta ahora no la ha pedido. Las negociaciones entre la defensa de García Luna y la fiscalía de Nueva York no se deben a una supuesta declaración de culpabilidad por parte del acusado, sino a la posibilidad de no ir a juicio.

Contrasta esta situación procesal con muchos comentarios periodísticos y políticos mexicanos en donde, empezando por el Presidente, se ha juzgado y condenado ya al antiguo funcionario. Este affaire exhibe las limitaciones y carencias de nuestra clase política y periodística. La presunción de inocencia nunca existe cuando interesa, que es lo mismo que aceptar que no hay Estado de Derecho, aunque los mismos que lo violan repitan que es una realidad. El oportunismo servil para recibir favores tergiversa el rigor de las informaciones más interesadas en congraciarse con el poder político que en contar la verdad. No sólo es posible que Genaro García Luna sea declarado inocente si se somete a juicio, sino que también puede quedar en libertad sin llegar a los tribunales si llega a un acuerdo con la fiscalía.

Paradójicamente, en caso de que no se llegue a juicio, no quedará cuestionado García Luna, sino un aparato mediático-político para el que el fin justifica los medios, sin importar si se lleva por delante la vida de una persona. De momento, bastaría con que se respetara el Estado de derecho comenzando por la presunción de inocencia y se diera la información con rigor.


Excandidato a la gubernatura de Guerrero

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