A fechas recientes el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) ha dado muestras de ser errático e inconsistente por decir lo menos. Genera serias dudas de que sea independiente e imparcial, justificando en la forma que no en el fondo eliminar multas que se debieron aplicar. Resulta paradógico que sea un gobierno como el de AMLO el que a final de cuentas logra independizarse, por mera actitud de quien lo encabeza, de los tentáculos de las poderosas empresas de medios y redes de telecomunicaciones -- ya que nadie duda que al Presidente no le truenan los dedos los poderosos privados—simplemente porque no permite que lo coopten y en esto pesa el funcionario y no el diseño de órganos constitucionales autónomos que tanto hemos defendido y nos ha costado al país.

Veamos… el IFT primero le inicia un procedimiento a Grupo Televisa por incumplir una de sus obligaciones como agente económico preponderante en el sector de la radiodifusión al no aceptar vender la señal de tres de sus canales de televisión abierta de manera desagregada, es decir, no atada a la compra de otros canales que también produce, a la empresa Magacable en el año de 2016. Megacable a lo largo de los seis años transcurridos se inconforma ante el IFT y presiona para que Televisa cumpla la venta desagregada de sus canales en las mismas condiciones que se los vende a su subsidiaria IZZI, que también opera sistemas de televisión por cable y compite en el mercado de voz, video y datos contra Telmex y otros.

Pasa el tiempo y Televisa acepta vender a Megacable sus canales del televisión abierta desagregados de los otros ofertados, pero no a nivel de cada localidad como lo marca su condición de preponderante, con lo cual sigue incumpliendo la medida que se le impuso. Conclusión, procedería que el IFT los multara por un monto que correría entre 6% y 10% de los ingresos del Grupo – obvio un golpe financiero muy relevante – por evidentes incumplimientos a su regulación y sin embargo después de fundar y motivar el incumplimiento de Televisa en 260 página de su resolución de enero de 2022, la Unidad de Cumplimiento resuelve en 6 páginas porque finalmente no procede multar a la televisora, mostrando que en el IFT pesa más el cabildeo y la voluntad política que la imparcialidad y autonomía que tanto se pregona, pero que curiosamente no se observa. Por si este caso no fuera suficiente, en fecha más reciente, en diciembre de 2022 el mismo IFT y esta vez su pleno decide retirar un procedimiento sancionatorio en contra de Telmex por no compartir la información de su red pasiva en el Sistema Electrónico de Gestión (SEG) con el objetivo de que sea utilizada por otros competidores en la toma de decisiones sobre su uso para llegar a lugares donde su propia infraestructura no les permite llegar.

Esta multa también implicaba un cobro para el erario de entre el 6% y 10% de los ingresos de Telmex que obviamente es un monto de gran impacto financiero también para esta empresa y sin embargo por razones inverosímiles el IFT retira su procedimiento sancionatorio argumentando, después de años, que está mal integrado el expediente y que en consecuencia no puede seguir con el procedimiento. Resulta que en el año 2020 la misma Unidad de Cumplimiento del IFT, decidió acumular el procedimiento contra Telmex con el de Telnor (otra subsidiaria de América Móvil) que fue sancionada por incumplir exactamente lo mismo que su empresa hermana Telmex y según dicen lo “hicieron mal” y el pleno, en diciembre de 2022, resuelve que violaron el derecho de garantía de audiencia de Telmex dejando inviable el procedimiento sancionatorio.

Inclusive en artículo publicado por el Comisionado Arturo Robles Rovalo publicado en la Silla Rota el pasado 15 de enero a la letra señala: “ No omito señalar que, desde mi punto de vista, … de haberse valorado los hechos, la conducta imputada originalmente y las pruebas, antes del acto de acumulación, probablemente se hubiera llegado a conclusiones y efectos similares o iguales a la resolución que se emitió en enero de 2020 cuando por mayoría de votos el instituto impuso una sanción a Teléfonos del Noroeste (Telnor)… “.

Es decir de facto, se reconoce que por un mal procedimiento interno del IFT en la acumulación de expedientes se impidió proceder con una de las sanciones más cuantiosas que pudiera haberse impuesto en la historia del Instituto. Y entonces la mínima pregunta sería ¿quien va a pagar el daño patrimonial que se generó?, pero de eso nadie habla.

Así las cosas aquí aplican dos dichos populares: lo que se ve no se juzga y hechos son amores y no buenas intenciones. Y luego nos preguntamos porque los quieren desaparecer, ya ni la burla perdonan.

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