La Suprema Corte de Justicia de la Nación enfrenta retos de enorme importancia, y de cuyo desenlace dependerá, en gran medida, el futuro inmediato de la democracia y las instituciones de nuestro país.
Esta semana, nuestro máximo tribunal recibió de parte de las direcciones nacionales y los grupos parlamentarios de la coalición Va Por México, acciones de inconstitucionalidad contra las reformas a la Ley General de Comunicación Social y la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que forman parte del paquete de reformas electorales del llamado “Plan B” del presidente de la República, el cual consta de reformas a 5 Leyes, solo que en diciembre pasado en 3 de ellas no se concluyó el proceso legislativo correspondiente.
Estas reformas tienen el objetivo de controlar al INE (o, por lo menos inmovilizarlo o aniquilarlo por asfixia presupuestal) y adueñarse del proceso electoral en todas las fases, desde su preparación hasta la integración de los funcionarios electorales en las casillas.
Debe recordarse que “el Plan A” del Presidente consistía en reformar la Constitución para cambiar la naturaleza del INE como órgano autónomo, imparcial e independiente, así como del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, impedir la integración adecuada del listado de electores, además de eliminar de facto a las oposiciones políticas al negarles presupuesto público ordinario, y convalidar el uso indebido de recursos oficiales por parte de Morena y sus “corcholatas presidenciales”.
Pero como no se contó con los votos para modificar la Carta Magna, AMLO decidió presentar el mencionado paquete de reformas para modificar 5 leyes con la pretensión de incorporar sus preceptos esenciales y hacerse de los controles del proceso electoral en su intento por ganar los comicios de 2024. Ese “paquete del plan B” fue aprobado violando el procedimiento legislativo y fue votado, sin dictamen de las comisiones correspondientes.
Las dos reformas aprobadas rompen con los preceptos de prohibir a los servidores públicos, el uso de recursos públicos para fines electorales en cualquiera de sus modalidades, como señala el artículo 134 de nuestra Constitución.
Igualmente, violentan el artículo 41 que dispone que, en tiempos electorales, se debe suspender en todo medio de comunicación social, la propaganda gubernamental para mantener la equidad.
Asimismo, elimina los criterios constitucionales sobre qué es y no es propaganda gubernamental, lo cual el presidente en sus “mañaneras” y otros funcionarios gubernamentales podrían intervenir descaradamente contra los opositores en las contiendas electorales.
Con ello legalizan las campañas anticipadas, con recursos públicos por parte de “las corcholatas”, entre otras cosas.
Las acciones de inconstitucionalidad presentadas ante la Corte, así como las que se presenten próximamente contra las reformas pendientes, deberán ser resueltas por el alto tribunal constitucional de nuestro país a más tardar en mayo, 90 días antes del inicio del proceso electoral para los comicios del 2024, según lo marca la Constitución.
Por eso, la SCJN tiene ante sí, la responsabilidad con nuestro sistema democrático para resolver —sin presiones presidenciales indebidas— estas demandas.
Es un reto histórico en momentos en los que la Corte está siendo sacudida y se encuentra bajo la lupa de la sociedad por tener entre sus filas, a una ministra plagiaria carente de autoridad y prestigio profesional; pero que fue impulsada y es protegida del gobierno.
Esperamos que —con su fallo— la Suprema Corte haga que prevalezcan los principios de nuestra República democrática, y que las reformas impugnadas sean declaradas inconstitucionales y, por lo tanto, no aplicables para el 2024.
Suscríbete aquí para recibir directo en tu correo nuestras newsletters sobre noticias del día, opinión, planes para el fin de semana.