Hace unas semanas le compartía a usted en mi columna publicada el 22 de febrero, que el senador Ricardo Monreal presentó una iniciativa para expedir una nueva “Ley Federal de Cinematografía y el Audiovisual” que obliga a las plataformas digitales a cumplir con una cuota de 15% de contenido nacional en su catálogo. Esta iniciativa ofrece una clara ventaja a Grupo Televisa —que controla 70% de la producción de contenido audiovisual en el país— pues obliga a las plataformas a comprar el contenido “enlatado” de GTV afectando la economía de las plataformas OTT en México. Los mercados han estado observando y actuando conforme estas señales; Televisa lleva casi tres semanas al alza en la BMV con una apreciación total de 34% en el precio de su acción. Incluso, el 16 de marzo BBVA decidió realizar un upgrade a su nota a outperform.
Pero eso no es todo, el Instituto Federal de Telecomunicaciones no ha expedido la regulación asimétrica para Televisa que finalmente fue declarado dominante en el mercado de televisión de paga. Así que los analistas financieros ven a GTV con una buena expectativa: la aprobación de la iniciativa de Mon- real y sin riesgo regulatorio próximo respecto a las medidas de dominancia. ¿Será que veremos pronto La Rosa de Guadalupe y El Chavo del Ocho en Netflix?
Preponderancia
En otros temas, los focos rojos se prendieron para los competidores de América Móvil. Resulta que hace unos días el IFT inició la consulta pública para definir los criterios y los parámetros para determinar la libertad tarifaria del AEP en la oferta del servicio de acceso indirecto a la última milla o bucle local. Dentro de la consulta, el IFT propone los siguientes criterios: I) que el AEP cuente con una cuota de mercado inferior al 50%; II) nivel de adopción del servicio de banda ancha fija en los hogares superior a 75%; III) que el mercado cuente con tres o más operadores, incluido el AEP, y que al menos dos de estos ofrezcan servicios por fibra óptica, y IV) que al menos uno de los competidores del AEP cuente con una participación de mercado mayor a 20%.
Bajo estos supuestos, hay 63 municipios en los que potencialmente el AEP podría contar con libertad tarifaria, segmentando la condición de preponderancia por pequeños mercados. A los ojos de los competidores de América Móvil, esto va contra la propia definición constitucional de agente preponderante que es aplicable a cualquier operador que cuente con una participación de mercado mayor a 50% a nivel nacional y por lo tanto la regulación asimétrica no puede aplicarse por regiones o municipios. Veremos qué pasa en este tema sobre todo porque hace unas semanas la Suprema Corte ratificó la importancia de mantener la condición de preponderante de AMX en tanto no se alcance competencia efectiva en el sector.
CFE Telecom
CFE Telecom solicitó al IFT que “le preste” la banda de 800MHz para ofrecer servicios móviles. Esta banda está dividida en tres partes: el segmento más bajo (806-814/851-859 MHz) está destinado exclusivamente para servicios de seguridad nacional; el segundo segmento (814-824/859-869 MHz) es parte de la licitación IFT-10 que ya inició.
Así, el único segmento disponible es el que Telefónica tenía concesionado (825-835 MHz y 870-880 MHz) y que será devuelto en 2022. Todo esto sin que a la fecha conozcamos el plan o programa de negocios y conectividad de CFE Telecom.
Twitter: @soyirenelevy