LA RESOLUCIÓN. El 20 de febrero de 2023, el ministro de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Alberto Pérez Dayán, resolvió otorgar la suspensión de las leyes generales de Comunicación Social (LGCS) y de Responsabilidades Administrativas que fueron parte del Plan B electoral, . La suspensión tiene como efecto evitar su aplicación a los procesos electorales del Estado de México y Coahuila. La razón es muy sencilla y la Constitución es clara: las leyes electorales deberán publicarse por lo menos 90 días antes de que inicie el proceso electoral, y los del Edomex y Coahuila iniciaron en enero de 2023. Además, de no suspenderse, se podrían vulnerar de manera irreparable derechos fundamentales.

LA INTIMIDACIÓN. El 21 de febrero, un comunicado de la Consejería Jurídica señalando que, a pesar de que algunos medios difundieron que Pérez Dayán había otorgado la suspensión, tal cuestión no había sido notificada y, en su caso, se impugnaría la resolución “para revertir los efectos de esta determinación arbitraria e ilegal”.

LA NOTIFICACIÓN. El 22 de febrero se notificó la resolución de la suspensión; esto confirma que el comunicado del día anterior fue una burda intimidación al ministro.

EL AGRAVIO. El 26 de febrero , esta vez de la Presidencia de la República, que se titula “El ministro Pérez Dayán viola la Constitución al suspender la Ley General de Comunicación Social”, y continúa… “la legitimación del Poder Judicial se diluye cuando sus decisiones responden a posiciones políticas”. El comunicado concluye acusando al ministro de fraude a la Constitución. Las presiones van, esta vez, también contra la Corte en general.

LA MENTIRA. Ambos comunicados, mienten. Primero, porque es falso que en ningún caso puedan suspenderse las normas generales ahí está el tema del PANAUT, también creación de este gobierno, cuyas disposiciones fueron suspendidas por la Primera Sala en octubre de 2021 (controversia 71/2021); y, segundo, porque son ellos los que violan flagrantemente la Constitución al pretender que una ley se aplique indebidamente a un proceso electoral en contra de los plazos establecidos en el artículo 105 constitucional.

EL CINISMO. De los varios episodios de cinismo de la Presidencia, el más burdo es el hecho de justificar estas reformas a la LGCS en el supuesto cumplimiento de la sentencia de la Primera Sala de la SCJN, que otorgó el amparo a las organizaciones Artículo 19 y Fundar. Increíble, porque estas modificaciones repiten el acto reclamado en dicho amparo (vuelven a remitir a lineamientos de las unidades administradoras para determinar los criterios de gasto) e incluso agregan nuevas inconstitucionalidades; pero, además, la realidad es que nunca les importó cumplir con esta resolución, estuvieron en desacato por más de un año, y siguen en desacato porque, si bien modificaron la ley, no lo hicieron en el sentido ordenado por la Corte. De hecho, ya se interpuso un nuevo amparo en contra de estas modificaciones.

Esta resolución, que deberá confirmar o revocar la Sala, es emblemática, porque si el resto de las ministras y ministros apoyan a Pérez Dayán, entonces el monolito de la Corte será difícil de vencer en lo que viene -que es mucho-; si, por el contrario, ceden a las presiones de la Presidencia, dividirán su fuerza y serán más vulnerables. Esto apenas empieza.

Abogada, presidenta de Observatel y comentarista de Radio Educación 
Twitter: @soyirenelevy