Con base en supuestos inexactos, desactualizados o de plano falsos, el diputado al Congreso local Miguel Ángel Álvarez Melo , presentó una iniciativa de reformas al Código Civil de la CDMX para modificar los artículos relativos al testamento y reintroducir la práctica del testamento ológrafo (hecho de puño y letra del autor), pasando por alto las muchas ya conocidas e insuperadas vulnerabilidades de ese instrumento.

Motivado quizá justamente por los estragos que causan el coronavirus y la violencia que nos acercan a la imagen de un gran cementerio, el diputado supone equivocadamente que quien deposita un testamento ológrafo se ahorra entre 6 mil y 30 mil pesos. Ignora que desde hace 20 años, un testamento notarial en la CDMX tiene un costo de 400 pesos para personas de más de 65 años, jubilados o pensionados, incluyendo la consulta y asesoría notarial para su otorgamiento. También pasa por alto que el costo de un testamento para personas de grupos no vulnerables puede rondar los 3 mil 500 pesos y que en el mes del testamento sólo cuestan mil 500 pesos.

Cuando el diputado –apoyado en suposiciones, no en el conocimiento de la práctica notarial- propone un regreso al pasado en materia testamentaria (o un nuevo paso al vacío), supone que el testamento ológrafo garantiza seguridad, sobre todo a personas de bajos ingresos cuando la experiencia histórica revela que –por el contrario- ha sido causa de numerosos litigios, por la proliferación de testamentos falsificados y por la facilidad relativa con la que se hace trampa en la identificación del testador.

En el instrumento ológrafo, el testador de puño y letra suele carecer de toda orientación profesional que le explique las restricciones que la ley impone a los testadores (como son las cláusulas fiduciarias o las vaguedades de quien testa de modo genérico “para los pobres” o hereda bienes “a sus mascotas” o a personajes ficticios o a quienes sólo puede identificar por sus sobrenombres o apodos.

Ninguna de estas circunstancias se presenta en el testamento público abierto (TPA) que permite al testador tener abundantes explicaciones y orientaciones para expresar su voluntad sin riesgo de que sea suplantada o tergiversada por terceros. El testamento notarial es un traje a la medida de las necesidades del testador.

En el método ológrafo propuesto, si el testador tiene hijos menores o discapacitados, no contará con asesoría para decidir cómo protegerlos. Si es así, y está casado bajo sociedad conyugal podría ignorar –por citar un ejemplo- que sólo puede disponer de la mitad de los bienes que estén a su nombre, ya que el resto es de su cónyuge.

En fin, la iniciativa no toma en cuenta importantes aspectos y numerosos detalles que deben tomarse en consideración en la materia testamentaria. La iniciativa -aun si fuera expresión de buena voluntad y no un riesgoso despropósito- parece ser una ocurrencia más de algunos legisladores de la más reciente camada política en el congreso local.

Cuando señala –como una singularidad del procedimiento olográfico- la secrecía de las disposiciones, el diputado abiertamente desconoce que los testamentos quedan actualmente en depósito del notario y del Archivo General de Notarías, en el que se reservan los datos de los actos pasados ante la fe pública.

En 9 años gobiernos y notarios de la CDMX registramos cifras superiores a 60 mil testamentos por año. Es cierto que alrededor del 85% de la población no ha otorgado testamento, pero este es un problema serio de naturaleza sociocultural y no una circunstancia de precio o dificultad de acceso.

La iniciativa propuesta supone erróneamente, también, que es muy complicado hacer un testamento ante notario, cuando en realidad iniciarlo sólo requiere de una identificación oficial y, desde luego, claridad sobre lo que quiere y desea el testador para que el notario le dé forma legal.

Algunos fragmentos de la propuesta son confusos e incomprensibles, por ejemplo el diputado propone un testamento especial, digital o informático que se realice o se otorgue bajo las reglas de la Consejería Jurídica y de Servicios Legales del Gobierno de la Ciudad. La inseguridad de este instrumento es absoluta, ya que delega las reglas al gobierno sin darle la precisión legal que un testamento requiere para que tenga certeza, seguridad y credibilidad. ¿Acaso la Consejería tendrá que comparecer a todos los juicios para autenticar la capacidad, la identidad y la idoneidad del testador para que tenga validez el testamento?

En este testamento especial el autor propone que se haga “por medios físicos (sic ) o digitales” porque supone que es imposible otorgar testamento ante notario en días y horas inhábiles y establece como causales adicionales para este “testamento especial” la existencia de “trastornos públicos” o “condiciones sanitarias” y remata el artículo que propone este testamento que debe constar con las formalidades que regula el Código Civil que paradójicamente no se contemplan en la iniciativa.

La iniciativa ignora que en situaciones como la que hoy vivimos en el país por la pandemia,existe una guardia permanente en el Colegio de Notarios para atender la demanda de testamentos o de otras necesidades urgentes que el notario debe atender.

Por último, el trámite sucesorio del ológrafo es sumamente complicado ya que solo puede llevarse a cabo ante juez, quien debe verificar previamente la autenticidad de la letra, de la firma y la legalidad de las cláusulas, trámite que se complica y eleva su costo por la necesidad de contar con peritos que avalen la antigüedad del documento, la inexistencia de alteraciones, la caligrafía y la firma, como autoría del testador y una vez satisfechos estos requisitos el juez podrá declarar la legalidad y validez del testamento ológrafo.

El testamento notarial, en cambio, tiene presunción de validez y de legalidad y el trámite sucesorio puede desahogarse incluso ante notario, sin que se tenga que acudir a un Juez.

La propuesta del diputado por estas razones debería desecharse, no aporta ninguna ventaja de costo, de tiempo ni de secrecía y mucho menos de certeza y seguridad jurídicas.

Notario y exprocurador de la República

ml

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