Estando próximos a celebrarse el día internacional de los derechos humanos, la desaparición de miles de personas, junto con el récord histórico de muertes dolosas en este gobierno (más de 173 mil), y los miles de cuerpos sin identificar en fosas comunes y centros forenses, representan la mayor tragedia de un país en tiempo de paz.

De acuerdo con los datos de la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNB) adscrita a la Segob, al 4 de diciembre de 2023 se tiene un registro de 112 mil 995 personas desaparecidas y no localizadas, de las cuales 47 mil 213 corresponden a este sexenio, 74.66% hombres y 24.79% mujeres.

El Ejecutivo Federal ha anunciado un censo “casa por casa” para verificar los datos, pues se afirma que muchas de ellas se localizaron durante las jornadas de vacunación contra el Covid-19.

Primeramente hay que entender la forma en que se integra la información de la CNB, teniendo esta una función de mera recopilación de toda aquella que comparten la Fiscalía General de la República (FGR) y las fiscalías locales respecto a carpetas de investigación sobre personas desaparecidas.

El asunto se complica aún más cuando nos enteramos que es a través del personal de la Secretaría del Bienestar como se está haciendo la visita en los presuntos domicilios de las personas ausentes. Es decir, se pretende que personal encargado de los programas sociales haga el trabajo que no han hecho las autoridades responsables de la procuración de justicia.

En virtud de la forma en que está estructurada la CNB, el gobierno federal no es competente para declarar la aparición y localización de personas, en todo caso puede aportar indicios a las fiscalías que puedan derivar en ello, descontando que el tener un nombre legal de una persona reportada como desaparecida signifique en automático que sea la misma, pues la homonimia es algo cotidiano. Pues suponiendo que esta fuera la única herramienta para localizar a las personas desparecidas, la CURP asignada a cada acta de nacimiento debería tener un lugar central, al contar con datos únicos como la fecha de nacimiento y la entidad federativa en que ocurrió, como un número de validación, que confirmen o descarten que se trata de la misma persona.

Sin embargo, este no es el método más adecuado para atender la problemática, en que por cierto las fiscalías -incluyendo la FGR- ya no forman parte de los gobiernos y que es indispensable volver a replantear en razón de la rendición de cuentas, siendo imperativo que la Segob explique en qué se ha avanzado, en funciones que ya son ordenadas por mandato de ley.

En efecto, desde 2022 entra en operaciones el Centro Nacional de Identificación Humana (en realidad debía llamarse de identificación genética), para producir y resguardar -en colaboración con 32 centros análogos de las entidades federativas- una base de datos de todo el país con los perfiles genéticos (ADN) de los más de 52 mil cuerpos sin identificar con objeto de confrontarlos con los perfiles genéticos de los familiares de las personas desaparecidas. De que este ejercicio debería derivar en una reducción significativa en ambos universos, de desapariciones y de cadáveres sin reconocer; teniendo que esperar de las fosas clandestinas por descubrir, otro tanto.

Se trata de una medida ex post, extraordinaria (como es la toma de muestras de ADN), proporcional a las actuales circunstancias de emergencia. La CNB de la Segob debe responder quién o quiénes están a cargo de la confronta y sus resultados.

Simultáneamente hay otra medida ex ante, preventiva, como es la creación de una base de datos con los rasgos biométricos, en especial las huellas dactilares, de toda la población mexicana, atribución que compete al Registro Nacional de Población (Renapo) también adscrito a la Segob, y que al igual que en otras administraciones federales, se ha seguido postergando.

Luego de la visita del Comité contra la Desaparición Forzada de la ONU, se critica duramente (2022) al Estado mexicano por dicha omisión, al considerar que se prescinde de una herramienta esencial para reaccionar rápidamente (preservando su vida) ante el reporte de una persona desaparecida, en particular en la sustracción de menores de edad, que solo en este sexenio representan el 21.58% de las desapariciones, de las cuales 55.92% son niñas.

En conclusión, son únicamente las autoridades que han aperturado un expediente por una denuncia de desaparición, las facultadas para comunicar su cierre y resolución. Solo después, se puede depurar la base de datos de personas desaparecidas que concentra la CNB.

Autor de las obras Derecho a la Identidad Personal y Cédula de Identidad en México, editorial Civitas&Universitas, 2022.

Únete a nuestro canal ¡EL UNIVERSAL ya está en Whatsapp!, desde tu dispositivo móvil entérate de las noticias más relevantes del día, artículos de opinión, entretenimiento, tendencias y más.
Google News

TEMAS RELACIONADOS