La semana pasada, el director del Centro de Investigación y Docencia Económicas (CIDE), José Antonio Romero Tellaeche, recibió una recomendación de su “Órgano Interno de Control” (OIC), esos instrumentos que la Secretaría de la Función Pública (SFP) tiene en todos los Centros Públicos de Investigación para vigilar que se porten bien.
La recomendación les recuerda a los investigadores del CIDE “la obligatoriedad que tienen de apegar su conducta al estricto cumplimiento” del “Código de Ética de la Administración Pública”, para el que “desempeñar un empleo, cargo o comisión” es un “alto honor” conferido por “la sociedad”, por lo que deben ser buenos aún “fuera del horario y espacio laboral, deberán actuar con integridad”, lo mismo que en las redes sociales, que son “una extensión de las personas”. Sólo así los investigadores “procurarán la imagen (sic) de las dependencias y entidades así como la confianza en el servicio público, al mantener un comportamiento acorde con la ética pública”.
Explicado lo anterior, la recomendación deja de serlo y se cuatrotransforma en una orden a los investigadores: “Se deberá difundir (sic) a todos los servidores públicos que prestan un servicio, cargo o comisión en este Centro Público, que deberán abstenerse de difundir mensajes y/o expresiones (sic) a través de medios de comunicación digitales como redes sociales, correo electrónico o aplicaciones de mensajería móvil, que puedan causar daño a la dignidad y la integridad de alguna persona servidora pública de este Centro de Investigación”.
De ahora en adelante, al parecer, sólo podrán enviarse mensajes y expresiones por paloma mensajera o, en su defecto, por mensajería inmóvil, esa que tiene la peculiaridad de no ser ni mensaje ni expresión, dado que hasta el acto de hablar mueve cosas, de las cuerdas vocales al aire circunvecino.
No fue escaso el asombro ante la recomendación/orden, ni pocos quienes la interpretaron como un agravio a la libertad de expresión que el mismo Código de Ética prohibe “menoscabar”. Para el caso, es el mismo Código que convoca a “denunciar actos de corrupción a efecto de preservar la confianza en la integridad de las personas servidoras públicas”...
Uno de los motivos tras el regaño/amenaza a los investigadores del CIDE es precisamente que denunciaron que Romero Tellaeche cometió acto de corrupción al plagiar textos académicos y su Comité de Ética recomendó cesarlo de sus funciones. Claro, como acatar esa recomendación contra el investigador Romero Tellaeche dependía del director Romero Tellaeche, el director emitió un mensaje y/o expresión que decía que ese investigador particular no sería sancionado.
Y bueno, se entiende que haya investigadores y hasta gente normal para quienes Romero Tellaeche no respetó el “alto honor” de ser servidor público, averió la ética pública (y privada), no apegó su conducta a la integridad ni procuró la imagen de la dependencia y dañó la dignidad e integridad del CIDE. Pero, claro, quienes lo apoyan alegan que la frase “deberán de abstenerse” no significa prohibir ni menoscaba la libertad de expresión. Es el mismo español 4T en el que acto de campaña no se dice acto de campaña aunque sea acto de campaña.
Que haya muchos artículos del abundante Código de Ética de la SFP que el director del CIDE infringió no le impide, ahora, emplearlo para acallar a quienes por lo mismo lo critican. ¿Habrá que poner las barbas a remojar?, ¿seguirán los demás Centros Públicos de Investigación?, ¿y luego las universidades?, ¿y luego...?
Me pregunto a cómo andará el kilo de paloma mensajera...