La divulgación del “Código de conducta del Conacyt”, que puede encontrarse, no sin esfuerzo, en la nutrida sección “Integridad pública” de su sitio web, produjo un sano revuelo la semana pasada. Pero creo que hubo una confusión…

A la directora Álvarez-Buylla le fascinan los códigos y reglamentos, y más aún cambiarlos para fortalecer su autoridad. El resultado es una normatividad prolija y útilmente confusa. Hasta para la Junta de Honor que deberá pronunciarse sobre los plagios del académico Gertz, y que según sus propios Lineamientos es “autónoma en su funcionamiento”, incluyen a “alguien” (sic) que la coordine y que, claro, nombra la directora.

Creo, digo, que hubo una confusión: ese Código norma sólo a los “servidores públicos” del Conacyt, a sus empleados administrativos. La confusión pudo deberse a que el documento define como “Servicio público del Conacyt” a sus empleados, pero también a “los grupos de evaluadores de los proyectos susceptibles de apoyo por parte del Conacyt y, en general, toda persona que preste algún servicio, ostente un cargo o cumpla una comisión en el Conacyt”.

Se entiende, pues, que se haya interpretado que esos evaluadores y proyectos fuesen no sólo administrativos sino académicos; que se haya leído que quienes prestan servicio, ostentan cargo o cumplen comisión somos los académicos. ¿Ostentamos cargo y cumplimos comisión los miembros del SNI? ¿Somos empleados? Pues sí, en cierta forma, pero sería disparatado obligarnos a pedir permiso para expresarnos.

Haber escrito “personal administrativo” en vez de “persona servidora pública” habría impedido el error. Aunque dado el creciente hostigamiento del gobierno contra el gremio académico es normal pensar en una calculada ambiguedad, o en si se trata de un “error”, como el de la supresión de la autonomía universitaria en 2019 (que no como error, sino como objetivo “moral”, reaparece ahora en 2021).

De ser sólo para administrativos sería un Código excelente: obligaría a Álvarez-Buylla, en tanto que empleada de sí misma, a cumplir estrictamente lo que ella misma ordena para poner ejemplo. Sí, el Código la obliga a no fumar ni beber en horas de oficina, pero también a no “desempeñar tus funciones bajo conflicto de interés”. Y quizás el Comité de Ética que vigila su cumplimiento podría evaluar si el cese de quienes critican a la directora incluye “interés personal”. O si crearle una “Comisión Especial” fuera de todo reglamento al académico Gertz para meterlo al SNI, le supuso recompensas políticas.

El Código la obliga a no ver porno y a no dar “besos indeseados”, pero también a obrar con ética, “rectitud y honradez”, separando “tus actividades personales” (como su activismo en favor del MoReNa) de “los intereses del Conacyt” (científicos); o evitando “utilizar el nombre y logotipo del Conacyt con fines distintos a los relacionados con tus funciones” (lo que hace cada que usa la frase “El Conacyt de la 4T”). También ordena no plagiar el trabajo de otros y tener cero “tolerancia a la corrupción”, como lo es plagiar.

Es un Código magnífico, sí, que ordena “la templanza, la prudencia, el diálogo y la quietud” (sic) para crear “un clima de cultura organizacional prolífica y armoniosa” que permita lograr “la honradez, la honestidad, la transparencia, el respeto, el diálogo, la colaboración, el apoyo mutuo, la austeridad y la eficiencia, pero también la alegría de servir a nuestro país”.

¿Se puede desear más? Álvarez-Buylla debería ser presidenta y convertir su Código en Constitución. Y poner a un fiscal que la haga respetar…

Google News

TEMAS RELACIONADOS