Giovanni Hernández

Reelección sin ley

16/12/2020 |02:35
Redacción El Universal
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Pasaron más de 80 años para que la reelección tuviera nuevamente vigencia en México. Será a partir de este proceso electoral (2020-2021) que testiguaremos su regreso a nivel federal y, para que sea más emocionante, será sin legislación secundaria. Como ya es práctica cotidiana para el legislador, tenemos otra omisión más: ¡seis años y a nadie se le ocurrió reglamentarla!

De acuerdo con el artículo Décimo Primero Transitorio de la reforma Constitucional de 2014, la posibilidad de reelección aplicaría a las diputaciones federales y senadurías electas a partir del proceso electoral federal de 2018. Es decir, quienes resultaron electos en aquella ocasión, ahora podrán buscar la reelección.

Uno de los grandes pendientes de este proceso electoral es la ley secundaria en materia de reelección. La Constitución reconoce el derecho a presentarse para ser reelecto y, además, establece los periodos y la vía para postularse. Pero, deja en el tintero aspectos como la separación del cargo, el uso indebido de recursos públicos, postulación por mismo partido/coalición o por el mismo distrito o demarcación, así como una posible antinomia con la paridad y las acciones afirmativas.

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De ahí que, la semana pasada el Consejo General del INE aprobó los “Lineamientos sobre elección consecutiva de diputaciones para el proceso electoral federal 2020-2021”. Estos establecieron aspectos no definidos como los criterios partidistas/coalición, fórmulas de candidatos, o cuando provenga de un partido que ha perdido el registro o que se quieran postular por un partido nuevo, entre otras.

Y el tema que más inquietudes causó fue la separación del cargo. Luego de una intensa discusión en Comisión y en el Consejo General, la mayoría aprobó dejarlo optativo. De tal suerte que ahora sostiene que “las y los diputados… podrán permanecer en el cargo”. Por otra parte, la Cámara de Diputados aprobó un acuerdo en el que deja a la decisión del legislador si se separa o no del cargo, puesto que establece que “podrán” separarse del cargo.

La principal preocupación de este hecho es el cumplimiento del principio de imparcialidad y, por ende, la no utilización de recursos públicos. Será el principal punto a seguir dentro de la reelección. Se deberán redoblar los esfuerzos de fiscalización y, en dado caso, dar las vistas correspondientes cuando se acredite ilícitos (quejas en materia de fiscalización) y delitos electorales (11 de la Ley General en Materia de Delitos Electorales). Tal y como lo ha señalado la Comisión de Venecia –órgano consultivo del Consejo de Europa- la autoridad fiscalizadora (INE) debe ser responsable de denunciar los abusos detectados durante un proceso electoral de manera oportuna, clara y completa; para sancionar y erradicar en tiempo y forma.

Como bien lo señalaron diversas Consejeras del INE, se tiene que vigilar que los recursos que le son asignados a los legisladores no sean utilizados para llamar al voto o para hacer campaña y sean utilizados para funciones legislativas. Por ejemplo, debemos vigilar que no se utilicen los recursos públicos –humanos, materiales y económicos- para su campaña, como lo puede ser utilizar el módulo de atención ciudadana como casa de campaña. La renta, el personal y los servicios de dicho módulo se pagan por parte del órgano legislativo.

Otro aspecto preocupante es la cobertura en los medios que se realice de las campañas de reelección. Se debe garantizar una cobertura objetiva, imparcial y equilibrada por parte de los medios de comunicación, así como asegurar que no participen en actividades de campaña que favorezcan o perjudiquen a candidatos individuales o que pretendan la reelección.

No será una labor sencilla. Pero, existen las condiciones para garantizar que, después de lo vaya a actuar el INE en este proceso electoral, la próxima legislatura cumpla con su obligación y expida la ley reglamentaria.


Abogado en temas de comunicación política. Funcionario del Instituto Nacional Electoral.
@abgiovas
abgiovas@gmail.com