A mediados del mes de abril, se publicó una iniciativa del Ejecutivo Federal para modificar distintos ordenamientos con el objeto de racionalizar la estructura orgánica de la Administración Pública Federal (APF). En esta iniciativa, cuya discusión se pospuso para el próximo periodo de sesiones de la Cámara de Diputados, se propone extinguir a la Secretaría Ejecutiva del Sistema Nacional Anticorrupción (SESNA), trasladando sus funciones e integrando a su personal en la Secretaría de la Función Pública (SFP).
Es importante dimensionar las consecuencias de la eliminación de la SESNA, en la de por sí limitada participación ciudadana dentro del Sistema Nacional Anticorrupción (SNA) y en el propio Sistema.
En el año 2016, cuando inicia la operación del SNA, se generó una gran expectativa en los mexicanos para avanzar en la lucha anticorrupción, ya que en éste participan todas las instituciones de los tres órdenes de gobierno involucradas en la prevención, investigación y sanción de la corrupción; asimismo, contempló por primera vez la participación de cinco ciudadanos que conforman el Comité de Participación Ciudadana (CPC) cuyo presidente también lo es del Comité Coordinador (CC) del SNA.
Hay que recordar que el CC lo integran instituciones que pertenecen a distintos poderes y órganos constitucionalmente autónomos, siendo éstos: la SFP, la Auditoría Superior, el INAI, el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, el Consejo de la Judicatura y la Fiscalía Anticorrupción y, un ciudadano que es el presidente.
La SESNA fue diseñada como un organismo descentralizado, no sectorizado, con autonomía técnica y de gestión; en consecuencia, no se encuentra subordinada a ninguna de las instituciones que integran el CC, funcionando exclusivamente como órgano que provee asistencia técnica a éste; es decir, es un “ente neutral”, el cual cuenta con el personal operativo indispensable para cumplir con sus funciones. Su titular es designado por el CC. Destaco que los cinco ciudadanos obtienen una remuneración de la SESNA, sin que constituya una relación laboral, lo que pretende garantizar su objetividad.
Adicionalmente, el titular de la SESNA y los otros cuatro ciudadanos, integran la Comisión Ejecutiva, otro órgano técnico, auxiliar de la primera, poco conocido. Juntos generan los insumos técnicos necesarios para que el CC realice sus funciones y el SNA cumpla con su objeto constitucional.
La iniciativa señala que la SFP y la SESNA duplican funciones, criterio con el que no coincido, ya que la Ley Orgánica de la APF le establece a la SFP colaborar e implementar las acciones que se acuerden en el marco del SNA e informar sobre los avances en la APF, por lo que específicamente no tiene atribuciones para fungir como órgano de apoyo técnico del CC.
Al extinguirse la SESNA, desaparece también la Comisión Ejecutiva; en consecuencia, prácticamente desaparece la participación ciudadana en el SNA. Difícilmente veo a los ciudadanos, como integrantes del CPC, órgano reconocido en nuestra Constitución Política recibiendo sus remuneraciones de la SFP, lo que podría vulnerar su independencia y objetividad y disminuir la confianza ciudadana en ellos y en el SNA.
Debe señalarse que la SESNA y la Comisión Ejecutiva, han elaborado instrumentos que deben ser tomados en cuenta como son la Política Nacional Anticorrupción y su Programa de Implementación, donde se señalan instituciones responsables y acciones específicas a implementar para revertir las causas identificadas de la corrupción, así como los avances logrados en la construcción de la Plataforma Digital Nacional, la cual contiene información estratégica para combatir la corrupción.
Sin temor a equivocarme, señalaría que si el SNA no ha tenido mayores avances se debe a la falta de voluntad y al desdén de algunos de sus integrantes para participar en este esfuerzo y asumir su responsabilidad legal, ya que no hay forma de obligarlos.
De aprobarse esta iniciativa para que la SFP asuma las funciones de la SESNA, podrían generarse conflictos con las otras instituciones del CC, donde actualmente existe una relación entre iguales, inclusive con los Sistemas Locales Anticorrupción que también forman parte del SNA.
Desaparecer la SESNA implica perder este espacio neutral en la coordinación entre instituciones y eliminar la participación ciudadana y posiblemente el golpe de gracia al SNA, generando incertidumbre en los ciudadanos respecto al compromiso que deben tener todos los gobiernos de combatir la corrupción e impunidad, perdiéndose un gran esfuerzo que surge a partir de la inconformidad ciudadana manifestada a la clase política durante décadas.
Experto en fiscalización y presidente del OSNA
Twitter: @gldubernard