Afortunadamente, hace unas semanas la Suprema Corte de Justicia de la Nación puso luz en el túnel, al destrabar el nombramiento pendiente de un comisionado para la COFECE; institución que se encontraba varada sin el quorum para sesionar. La decisión del máximo tribunal, puso freno al presagio -momentáneo- que envuelve a los órganos constitucionales autónomos colegiados, que parecían condenados a la extinción por despoblamiento progresivo de sus plenos.

Mientras algunos Órganos Constitucionales Autónomos (OCAs): BANXICO; la CNDH y el INEGI tienen titular unipersonal, los otros OCAS, INE, INAI, IFT Y COFECE son de cabeza pluripersonal ( colegios de cotitulares),al margen de contar con uno o una con la función de presidir.

El rezago en el Senado para nombrar a un importante número de altos cargos públicos de órganos constitucionales colegiados, ha producido enorme preocupación. En ese esquema de suspenso se encuentran el IFT, la COFECE, el INAI y próximamente el INE. Con algunas diferencias de diseño: los nombramientos de comisionados del IFT y de la COFECE inician con la propuesta del Presidente de la Republica al Senado; los comisionados del INAI resultan de un proceso al interior del Senado, mediante convocatoria y la formación de los consensos parlamentarios. El proceso de nombramientos de consejeros del INE corresponde a la Cámara de Diputados, previo nombramiento de un Comité Técnico de Evaluación de siete designados por la CNDH y el INAI (dos cada uno) y tres por la JUCOPO de dicha soberanía.

La arquitectura democrática mexicana a lo largo de más de treinta años, fue incorporando a los órganos constitucionales autónomos (OCAS) a través de reformas constitucionales y legales de marcado contenido para la certidumbre financiera, la confiabilidad electoral y la defensa y protección de los Derechos Humanos.

El propósito de esas reformas fue arrancar al Banco de México; al INEGI; y a la CNDH de las manos poder ejecutivo federal. Al margen del método, que causó polémica, con el afán de desligar al Poder judicial del Ejecutivo, se rediseñó vía reforma constitucional a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, jubilados el resto de los ministros, se redujo el pleno, nombrados nuevos y fortalecidas sus condiciones para garantizar su autonomía. Después se diseñó la independencia de la justicia electoral, convirtiéndola en tribunal constitucional especializado (TEPJF), incorporado al Poder Judicial de la Federación, junto con el Consejo de la Judicatura para resolver las cuestiones administrativas en alivio de los ministros absortos en la carga jurisdiccional.

La densidad democrática de un país descansa en las condiciones de equidad para acceder al poder y, en la certidumbre del presumiblemente correcto ejercicio del poder. En otras palabras, se mide por las reglas del juego para competir por el poder; para conseguirlo en orden y con certezas para los perdedores y para los ganadores; por la satisfacción razonable de los derechos fundamentales, incluido el derecho a una buena administración pública; al imperio de la legalidad por haber instituciones y procedimientos que aseguren la revisión de las decisiones gubernativas, las de los jueces y las legislativas. Sin controles externos de los poderes públicos no hay condiciones democráticas.

Al margen de las lecturas ideológicas, los OCAs, son instrumentos para el control del poder público y eso se traduce en calidad democrática.

Comisionado del INAI

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