En las próximas semanas, la justicia electoral del país hará la asignación de diputaciones y senadurías plurinominales entre los partidos políticos. Este es un acto que tiene una gran trascendencia para el funcionamiento de nuestra representación política. En principio, la Representación Proporcional fue diseñada para corregir las distorsiones resultantes del sistema de mayoría relativa.

En primer lugar, mientras que el Principio de Mayoría Relativa está diseñado para que las fuerzas dominantes en cada Distrito sean las que ejerciten la representación de dicho electorado (ahí gana la fuerza que más votos obtenga), el Principio de Representación Proporcional garantiza que todas las voces que intervinieron en la competencia política, se encuentren representadas siempre y cuando, tengan un mínimo de representatividad en las regiones del país. Así pues, en la medida que cada uno de los partidos políticos tenga un mínimo de participación en la representación dentro de las circunscripciones territoriales, tendrá derecho a que se les asignen posiciones de carácter plurinominal. Mientras que el Principio de Mayoría Relativa, está diseñado para que prevalezca quien más apoyo tiene; el Principio de Representación Proporcional, busca garantizar la pluralidad política del electorado en los espacios de debate nacional.

En segundo lugar, el Principio de Representación Proporcional busca propiciar que las diversas fuerzas políticas accedan en la medida de lo posible, a una representación proporcionalmente directa a su porcentaje de apoyo electoral. El Principio de Mayoría Relativa, en la medida en que le asigna una posición al partido político que más votos obtenga, puede sobrerepresentar a un partido cuando éste prevalece con un bajo margen en electorados muy divididos. Así, partidos políticos que ganan entre el veinticinco y treinta por ciento, pueden ganar la mayoría de los escaños en juego, desplazando a los demás partidos políticos. En un Distrito donde compiten hasta cinco o más partidos políticos, en escenarios muy divididos, diluyen a la representación política. En este sentido, la Representación Proporcional está diseñada para evitar la sobrerepresentación de la minoría más importante cuando su competencia política está atomizada.

En tercer lugar, el Principio de Representación Proporcional busca garantizar que la fuerza política dominante, cuando tiene un umbral de representación mayor que el del segundo lugar, pero inferior al cincuenta por ciento, pueda acceder a una gobernabilidad democrática que evite la paralización del gobierno por las minorías políticas. Así, cuando una fuerza política tenga un apoyo electoral por encima del cuarenta por ciento, tiene derecho a que se le asignen suficientes escaños para aspirar a sacar adelante su proyecto aún en contra de su principal oposición.

Por último, el Principio de Representación Proporcional busca imponer a una fuerza política dominante, un tope en la asignación de las curules. Ello con el fin de evitar que las mayorías políticas arrasen los derechos fundamentales de las minorías políticas. En este sentido, se considera que en la medida que una minoría política debe participar en las decisiones que afecten los derechos fundamentales, se garantizará que este mecanismo permita preservar los derechos fundamentales de los propios miembros que participan de la mayoría política. Las democracias mueren cuando entre mayorías y minorías, se establecen criterios de exclusión que discriminan a las minorías por ser distintas a los arquetipos sobre los cuales se construye la mayoría política. Los totalitarismos surgen cuando en el nombre de la mayoría, se deshumaniza cualquier rasgo que se distinga como aquello que es enarbolado como ideal por la élite política. Además, en tanto que un régimen político contempla las reglas básicas que regulan la competencia electoral, la participación de la minoría en el cambio de esas reglas busca evitar la natural propensión de las mayorías políticas para plantear reglas que cristalicen su hegemonía política y atenten contra la posibilidad de una alternancia ordenada.

Estos principios deben ser básicos para la decisión que se tomará en relación a la asignación de escaños de naturaleza proporcional, junto a aquéllos que orientan la formación de coaliciones políticas y que serán materia de nuestra siguiente colaboración.

Abogado

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