Las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) en México, sea cual sea su forma jurídica, está sometida a tantas o más obligaciones legales que otras organizaciones como las empresas.

No tener ánimo de lucro y tener algunas exenciones fiscales, no exime a estas entidades de la mayor parte de trámites. Precisamente por su condición de entidades no lucrativas y en aras de la transparencia y la rendición de cuentas, las ONG están sometidas a normativa específica y cumplir con ciertas obligaciones legales para operar de manera efectiva.

En México se reconocen cuatro formas principales de organizaciones no gubernamentales sin fines de lucro:

La asociación civil (AC), establecida de acuerdo con los códigos civiles estatales.

La institución de asistencia privada (IAP), establecida de acuerdo con las leyes estatales que rigen el tema.

La sociedad civil (SC), establecida de acuerdo con los códigos civiles estatales.

El fideicomiso, establecido de acuerdo con la ley federal (Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito).

También el registro voluntario: Cualquiera de estas formas organizativas tiene derecho a buscar ciertos beneficios registrándose bajo la Ley del Impuesto sobre la Renta y/o la Ley para la Promoción de las Organizaciones de la Sociedad Civil. El registro bajo estas leyes es voluntario.

Entre las obligaciones legales que deben cumplir las figuras no lucrativas están presentar el informe anual de actividades durante enero en el Registro Federal de Organizaciones Civiles, así como notificar cualquier cambio del propósito corporativo al Registro Federal de Organizaciones Civiles.

En cuanto a la ley fiscal, una ONG registrada bajo el Artículo 79 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de México es un “donatario autorizado”. Como tal tiene derecho a emitir recibos deducibles de impuestos a los donantes. También tienen derecho a exenciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) aunque las ONG no están exentas del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Ahora, las Organizaciones No Gubernamentales (ONG) en México, están sujetas a un proceso relativamente simple establecido por la autoridad fiscal mexicana, el Servicio de Administración Tributaria, o SAT.

Cumplir un objeto social, en suma, no libera a las ONG del cumplimiento legal que tiene a la transparencia y rendición de cuentas como eje central.

Vale mencionar que en los últimos años se desarrolla una amplia normativa en relación con aspectos como la protección de datos, la prevención del blanqueo de capitales o la responsabilidad penal de las personas jurídicas, por citar solo algunos temas. Toda esta normativa aplica también a las ONG que saben formarse, nombrar responsables de protección de datos, de cumplimiento y desarrollar protocolos de funcionamiento interno.

Experto en Organizaciones No Gubernamentales (ONG) y otras figuras no lucrativas.

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