El 2024 está marcado por transformaciones profundas al sistema jurídico mexicano. Desde septiembre hasta la fecha, la Constitución ha sido modificada por diez decretos de reforma. Las múltiples materias reformadas dan un nuevo rostro a la Ley fundamental y, desde luego, marcarán el rumbo de nuestra sociedad en los años por venir.
Particularmente relevante es la reforma judicial no sólo porque implica una compleja transición en el Poder Judicial de la Federación sino porque significa una nueva concepción y nuevas formas de entender el Derecho, así como de comprenderlo a la luz de otras disciplinas como las ciencias políticas, la sociología, la economía o la historia, por poner unos ejemplos.
Un ejercicio de reflexión detenida sobre lo ocurrido con la reforma judicial nos hace advertir que la ciencia jurídica mexicana vivió por mucho tiempo en un estado de introspección, autocomplacencias y de poca proclividad hacia las realidades sociales. Ello ha sido parte de la causa y, al mismo tiempo, consecuencia de cambios constitucionales de una enorme magnitud.
Asimismo, la actividad jurisdiccional había estado anclada en viejos apotegmas y en prácticas que no beneficiaron su relación directa ni su inmediatez con la sociedad ni con los problemas cotidianos que padece. Esta situación selló un problema muy serio de legitimación social, así como, a últimas fechas, también de su vocación de autoridad.
A lo largo de muchos años ha imperado la idea de que “los jueces solo hablan en sus sentencias” y que la independencia judicial se materializaba desde los escritorios y las cuatro paredes de una oficina. Esto es, a partir del sigilo, el hermetismo y la nula interacción con la población. A mi juicio, ha sido una idea errada de la prudencia judicial.
Más allá del mundo de los jueces, en general, en el mundo de los abogados, nunca estuvimos acostumbrados a salir a la escena social. Por décadas, no sólo en México, sino en diversos países democráticos, a los juristas se les ha concebido como “letrados”, es decir, personas dedicadas al estudio y a la preparación profesional, discreta, incluso un tanto elitista.
Lamentablemente, esta concepción del oficio jurídico nos alejó de las “personas de a pie” y de la comunidad a la cual, sin embargo, ese oficio debe servir.
Por todo lo anterior, si algo bueno tiene la reforma judicial es que implicará cambios profundos en la forma de hacer, pensar, ejercer, practicar, interpretar y aplicar el Derecho mexicano, y la ciencia que lo estudia. Advierto la necesidad de un cambio de rumbo en al menos los siguientes ámbitos:
En el ámbito universitario, la enseñanza del derecho debe modificarse. Sin duda, implicará cambios en planes y programas de estudio, para incorporar nuevas materias jurídicas, o aledañas al Derecho, como las mencionadas ciencias políticas, teoría política, y otras materias de contenido sociológico como sería problemas sociales de México. Por supuesto, el Derecho electoral y Derecho procesal electoral mexicano se vuelven más obligatorios que nunca.
En el ámbito social, los jueces tendrán la necesidad de entablar una relación conversacional con la sociedad. El hecho de que cuenten con una legitimidad de origen, debido al voto popular del que emane su mandato, los deberá aproximarse decisivamente a una sensibilidad social sin precedentes.
En este ámbito de la comunicación, es imperativo que las personas juzgadoras adquieran habilidades para conectar con la ciudadanía. Constituye un desafío clave, de no pocas dimensiones, que los juzgadores dialoguen con la población en la cual se encuentran inmersos.
Desde la propia presentación de sus candidaturas, las personas que aspiren a un cargo judicial deben adoptar estrategias de comunicación efectiva con la ciudadanía, así como de relaciones públicas. De manera tal que se generen lazos de confianza, que les permitan aspirar al voto público. Todo ello, cumpliendo las reglas establecidas por la propia reforma judicial en materia de propaganda y campañas judiciales.
Incluso, las estrategias de comunicación se vuelven todavía más relevantes a la hora de que los candidatos ganadores asuman el cargo, para explicar las decisiones judiciales de manera comprensible, clara y, justamente, ciudadana.
En el ámbito de las relaciones públicas, las personas aspirantes deben desarrollar capacidades de persuasión al electorado, de imagen pública, de conocimiento de los procesos electorales y de las dinámicas políticas.
Las personas que aspiren a un cargo judicial ya no solamente deberán acreditar un conocimiento del derecho sino también habilidades performativas, condiciones propias de un “showman”, “show woman” o “rockstars”, al estar obligados a hacer campañas dirigidas al electorado.
En el ámbito de la cultura jurídica y social, estamos en las puertas de otra necesidad insoslayable: una tarea de simplificación jurídica; de ciudadanización de la abogacía, de la impartición de justicia, de la justicia en general, y del lenguaje del Derecho.
Se abre una oportunidad para que la sociedad pueda sentirse identificada con los perfiles judiciales que se pondrán a consideración de la participación ciudadana.
En la columna vertebral de todo lo anterior, la función constitucional del Poder Judicial y de la impartición de justicia no puede ser ajena a los principios de imparcialidad, autonomía e independencia, bajo las nuevas coordenadas descritas de la reforma judicial. Lo cual confirma que estamos en un momento verdaderamente histórico en el porvenir democrático de nuestro país.
México se está transformando y con él también debe hacerlo su Derecho. En todo caso, como puede advertirse, la reforma judicial constituye una oportunidad única para dar un viraje completo al Derecho mexicano, en cierta medida en torno a una línea de pensamiento y de acción que algunos hemos tratado de profesar desde hace mucho tiempo (aunque sin el éxito que habíamos esperado) como es la idea de una justicia abierta a la ciudadanía. Una justicia de la cual la sociedad nunca más se sienta ajena. Una justicia de la que se apropie el pueblo mexicano.