Sobra decir que este año ha pasado a los anales de la historia electoral mexicana, ya que una mujer (¡al fin!) fue electa presidenta de México: la doctora Claudia Sheinbaum Pardo.
Solo con ese dato sería suficiente afirmar que este ha sido “el gran año de la justicia electoral mexicana”, pero a fin de ser justos también por muchas otras razones debe afirmarse que 2024 ha sido uno de los mejores años de la justicia electoral y que son buenas las cuentas que el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) entrega a la ciudadanía.
Al iniciar el año se veía que tendríamos grandes retos ya que nuevamente nos enfrentábamos a la elección más grande de la historia. Se renovaba la presidencia de la República y el Congreso de la Unión; a nivel local ocho gubernaturas y la jefatura de gobierno de la Ciudad de México, 31 congresos locales, la renovación de todos los ayuntamientos en 29 estados, las juntas municipales en Campeche, así como las 16 alcaldías y concejales en la Ciudad de México.
En total, habrían de ser renovados 20,708 cargos en todo México.
Ese número nos hizo estimar que en 2024 resolveríamos alrededor de 20,000 asuntos, lo cual, ya de por sí es una cantidad enorme de sentencias a emitir; en especial si se considera que los plazos de resolución en esta materia son muy cortos (ordinariamente en promedio 15 días tras la presentación) y que por su naturaleza la justicia electoral no debe tener ningún rezago en ninguna de sus etapas.
Sin embargo, nos quedamos cortos, y el TEPJF recibió más de 40 mil asuntos jurisdiccionales, que fueron totalmente resueltos en tiempo y forma. Una cifra sorprendente, que resulta aún más alucinante, si se considera el hecho de que rompimos a la baja nuestra propia estadística, ya que para octubre de 2024 la Sala Superior estaba resolviendo esos expedientes en un promedio de apenas 10 días tras la presentación: ¡un verdadero récord para cualquier institución de justicia en el mundo!
No puedo explicarles de manera sencilla el trabajo coordinado y las condiciones que tienen que darse para que un tribunal pueda cumplir con esa labor de esa manera tan eficiente y veloz. Sin duda, eso se logró gracias al esfuerzo de los trabajadores del TEPJF que son un ejemplo de perseverancia, tesón y vocación que han servido lealmente a su país en la única institución de justicia federal que no paró ningún día en este año.
Pero también, han sido relevantes los criterios y sentencias que ha sostenido el TEPJF a lo largo de 2024. Mencionaré algunos casos a guisa de ejemplo:
a) Se determinó que el principio de paridad de género resulta aplicable a la elección presidencial, estableciendo que el Congreso de la Unión debe regular la misma respecto de esa elección antes de que concluya la actual legislatura (por vía de la alternancia de género en la titularidad del Ejecutivo Federal). Lo cual garantizará que no vuelvan a pasar 200 años antes de que una mujer presida nuestra República.
b) Tras la reforma a la Constitución para el caso de candidatos a puestos de elección popular que no estén al corriente en el pago de sus pensiones alimenticias, se determinó que para ejercer sus derechos políticos y poder ser registrado no es suficiente con el pago tardío de los montos adeudados, sino que se debe estar al corriente previamente al inicio del Proceso Electoral respectivo.
c) Seis mujeres cuidadoras primarias con sus hijos con discapacidad solicitaron al INE poder votar vía electrónica; el TEPJF a pesar de que la autoridad electoral administrativa había respondido que era imposible votar a través de esta modalidad, le ordenó implementar las medidas pertinentes para permitir el voto de estas mujeres, así como a sus hijos, por lo que autoridades del INE acudieron a sus domicilios a recabar el voto con lo que la sentencia reconoció y visibilizó a las personas cuidadoras en sus derechos y la imposibilidad de poder ejercerlos.
d) Para la atención de las impugnaciones relacionadas con la elección presidencial, el TEPJF creó una Comisión Especial que integramos el Magistrado Felipe Fuentes Barrera y un servidor y en el que, en su oportunidad se presentó ante el Pleno el proyecto de sentencia.
A fin de dotar de credibilidad a los resultados y que se legitimara la resolución respectiva, por primera vez en la historia de la justicia electoral, la Comisión Especial emitió un acuerdo por el que hizo radical y absolutamente público el contenido total del expediente de la impugnación a la presidencia de la República. De tal manera que que las demandas, las pruebas y todas las actuaciones se difundieron en un micro sitio que se creó al efecto.
Eso implicó que se llevara una inédita audiencia pública para el desahogo de pruebas y la revisión de 1,480 elementos de prueba; además que se presentó de manera pública y previa el proyecto de sentencia para evidenciar los argumentos y generar un debate nacional. Lo anterior implicó que ese proyecto estuviera abierto a la discusión y las críticas públicas por semanas (incluso tuve la oportunidad de ir a explicarlo al espacio radiofónico de la periodista Carmen Aristegui).
e) Fue invalidado un mecanismo creado por la Comisión Nacional de Derechos Humanos para dar seguimiento a las campañas electorales y se dejó sin efecto un informe de esta instancia al considerarse que carecía de atribuciones para conocer de asuntos en materia electoral, ya que la revisión de las elecciones corresponde solo a las autoridades electorales.
f) La Sala Superior confirmó el acuerdo emitido por el Consejo General del INE por el que se asignaron “por partido” las 200 diputaciones federales de representación proporcional. Es importe puntualizar que tanto la Constitución federal, así como los precedentes de esta determinación emitidas en 2009, 2012, 2015, 2018 y 2021 establecen que la asignación debe realizarse “por partido político” y no “por coalición”. Es decir se siguió el contenido constitucional y de los precedentes que coincidían en el mismo sentido (a pesar de las presiones que buscaron impedirlo).
g) A partir de la reforma constitucional que estableció la elección de jueces, magistrados y ministros, el TEPJF determinó en dos sentencias declarativas que no era viable suspender los actos relacionados con el proceso electoral judicial a cargo del INE y vinculó a que continuaran el proceso electoral todas las autoridades involucradas (INE, Senado, Ejecutivo y demás) .
h) Hace apenas unos días se aprobó el marco geográfico electoral que se utilizará en la histórica elección judicial que se llevará a cabo el próximo 1 de junio de 2025.
Podría seguir con ejemplos que evidencien que este año ha sido uno de los más grandes e importantes de la justicia electoral, pero más bien quiero asegurarle a todos los lectores que en 2025 el TEPJF seguirá estando a la altura de las circunstancias y con firmeza y prudencia hará cumplir el estado de Derecho, ahora frente a un reto ante el cual ningún otro tribunal electoral del mundo se ha enfrentado: la renovación por voto popular de la judicatura nacional.
Este año ha sido un gran año para la justicia electoral, pero vendrán mejores, ya que en 2025 México estrenará su nueva “democracia judicial”, y será el primer país del mundo en tenerla. Solo por eso será un año que jamás olvidaremos.
Aprovecho, finalmente, para desear a todos las, los y les lectores que en este 2025 sean muchas las bendiciones que reciba nuestra patria y cada uno de quienes la habitamos.