Hace unos días, en la “Mañanera” del presidente López Obrador, se presentó la iniciativa de Búsqueda Generalizada de Personas. Quiero abonar a un mejor entendimiento de lo que esta significa.


En el país contamos con el Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas (RNPDNO) que es administrado por la Comisión Nacional de Búsqueda y tiene como fin registrar todos los casos de ausencias reportadas a las autoridades, con el fin de ser confrontados con bases de datos nacionales que permitan establecer indicios de vida o muerte para la búsqueda de cada una de estas personas.


En el Protocolo Homologado de Búsqueda (PHB) que utiliza la Comisión, existe la “Iniciativa de Búsqueda Generalizada” que se define como el “Despliegue de acciones tendientes a la recopilación, generación y concentración de información homogénea sobre escenarios de búsqueda, y su cotejo masivo y rutinario con el Registro mencionado, o con cualquier otra referencia que permita advertir que alguien que se encuentra en ese listado está siendo buscado.”


La cantidad de coincidencias con bases de datos de otras instituciones plantea un problema operativo que rebasa la capacidad de búsqueda de las autoridades locales que, adicionalmente a esta estrategia, cuentan con búsquedas individualizadas e inmediatas que deben ser atendidas a través de sus propios mecanismos, en el caso de la Fiscalía, a través de la Fiscalía Especializada en la materia.


Es importante mencionar que en el Registro Nacional hay reportes cuyas fechas de desaparición van desde 1962 al 2023 y que por la forma en la que se ha registrado la información, en una gran cantidad de casos no se cuenta con datos suficientes para ser confrontada con otras bases de datos. Solo el 27% del Registro Nacional cuenta con esta calidad de información.


El Registro Nacional, no contiene información que permita inferir si la persona desaparecida fue víctima de un delito, fue una ausencia voluntaria o alguna otra causa que pueda dar luces para la localización.


Es importante mencionar que para eliminar a alguna persona de esta lista es necesaria la obtención de una prueba de vida, la cual se obtiene con la presentación de la persona ante autoridad competente o bien con la presentación ante la misma autoridad de un acta de defunción. De lo contrario no hay manera de borrar ningún registro.


En la Ciudad de México, la Fiscalía General de Justicia, en coordinación con la Secretaría del Bienestar, a través de Locatel estamos confirmando con la ciudadanía datos que lleven a la localización de personas que fueron reportadas como desaparecidas; esto para completar la información que permita la búsqueda y localización, así como tener claridad de las personas que continúan desaparecidas y que no se encuentran en las listas.


Con esta información acudimos al último domicilio conocido para corroborar el estatus de la persona reportada, haciendo con ello una búsqueda individualizada.


La metodología que hemos desarrollado en la Ciudad de México, abona al esfuerzo interinstitucional para dar certeza a los familiares de las personas que están incluidas en esta lamentable lista.


Es un absurdo decir que se trata de desaparecer desaparecidos.


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