In memoriam del distinguido oncólogo mexicano Dr. Jorge Quesada, qepd.

El presidente AMLO provocó el desacuerdo mantenido hasta ahora, en círculos políticos, académicos y legislativos, respecto al debate que ha generado el tema de la sobrerrepresentación, al instruir a su secretaria de Gobernación, Luisa María Alcalde, (sin estar facultada para ello, pues es competencia exclusiva de los órganos electorales resolverlo e informarlo), indicar en dos mañaneras cómo quiere el Ejecutivo que queden configuradas las Cámaras del Congreso. El mensaje fue claro: “así las quiero YO”.

Con su versión, AMLO aumenta artificiosamente el porcentaje de sufragios obtenido por la coalición de Morena de 54.7% = 273 curules, a un 74.4% = 372 curules, esto es, 20 puntos porcentuales, 11.8 millones de votos más no depositados en las urnas a su favor, casi 100 curules gratis, y tener mayoría calificada en la Cámara de Diputados.

Este agandalle implica aceptar el absurdo de que un partido chapulín como el Verde con el 8.4%, la mitad de votos que el PAN (16.9%) tenga 7 asientos más (75) que el Azul (68) y no obstante que en la misma mañanera el presidente dijo que: “Cuando hay transparencia, la autoridad más importante son los ciudadanos, es el pueblo, en la democracia”. Si en verdad lo es, entonces que se respete el reparto de votos que el pueblo dio a cada partido en las urnas.

Este atropello a la voluntad ciudadana se pretende justificar con una interpretación textual de la fracción V del artículo 54 constitucional que concede la sobrerrepresentación hasta un 8%. “Es de aplicación estricta, no cabe otro método interpretativo” afirmó contundente anteayer el señor Zaldívar.

Le tomo la palabra, pero si se trata de la exégesis literal, entonces de igual manera debe interpretarse la fracción I del mismo numeral, que niega representación proporcional AL PARTIDO que no hubiera inscrito candidatos en al menos 200 distritos uninominales, como bien lo aclaró el jurista Dr. Diego Valadés, lo que no hicieron los partidos coaligados por separado, por lo que no tendrían derecho al reparto plurinominal y así no alcanzan mayoría calificada. O ambas fracciones se interpretan literalmente como partido, o como coalición, pero no una como partido, y la otra como coalición según convenga. ¿estamos de acuerdo Sr. Zaldívar con la “aplicación estricta” de TODO el artículo 54?

La interpretación constitucional no se limita a la literalidad del texto; incluye antecedentes históricos, interpretación sistémica con otros preceptos y fracciones de estos, y también la intención del legislador al producirlo, o sea el CONTEXTO. Con la reforma de 1996 se buscó la llamada “cláusula de gobernabilidad” para que el partido con mayor votación tuviera una MAYORÍA SIMPLE fijada en un tope del 8%, que facilitara la gobernanza camaral, ¡nunca pretendió el despropósito de facilitar una mayoría calificada!

Pero el fondo del problema es otro y muy distinto de la interpretación constitucional: textual o contextual, aunque está vinculado a ésta. Se trata de dejar a Morena reformar libremente la Constitución para que finalmente AMLO constitucionalice su proyecto político autoritario conocido como Plan C, para lo que necesita arrebatar al pueblo 20 puntos=100 curules, que no votó por ellas, antes de irse a la finca en Palenque.

Corresponderá finalmente al INE y el Tribunal Electoral, órganos competentes para la distribución plurinominal, una decisión histórica: interpretan el artículo 54 fracc. V exclusivamente conforme al texto como quiere Zaldívar, y agradan a AMLO para que cambie el régimen democrático que tenemos y costó 30 años edificar, por uno autoritario de partido hegemónico como el del PRI del siglo pasado, o bien lo interpretan conforme al contexto y defienden la voluntad del pueblo de México que expresa y claramente dijo 54.7% y no 74.4%, y con ello preservan a nuestra democracia. Su voto decidirá de qué lado estuvieron.

Docente/investigador de la UNAM

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