Las tres grandes funciones del Estado mexicano las desempeñan los órganos soberanos de mayor jerarquía: los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. Cada uno de ellos tiene sus propios ámbitos de autonomía y funciona en un esquema de contrapesos que, en teoría, garantizan que exista un Estado de Derecho donde se cumpla lo dispuesto en la Constitución y en las leyes reglamentarias que la complementan.

Como en la práctica muchas de las funciones que tienen estos tres órganos de gobierno no se cumplen a cabalidad, desde la década de 1990 el Estado mexicano decidió crear organismos autónomos con rango constitucional (OCA) en ciertos ámbitos, con el objetivo de poder cumplir mejor con sus funciones. En 1993, se otorgó autonomía al Banco de México (Banxico); en 1996, al Instituto Federal Electoral (hoy INE) y en 1999, a la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH). Convencido el Estado de que los OCA mejoran el cumplimiento de sus funciones, a partir de 2013 creó o dio autonomía a los siguientes organismos: Instituto Nacional de Información Estadística y Geográfica (INEGI), Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT), Instituto Nacional para la Evaluación de la Educación (INEE), Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social (Coneval), Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) y Fiscalía General de la República (FGR).

Cada OCA se constituye alrededor de un área de competencia específica que el Estado quiere reforzar, por lo que sus atribuciones se enmarcan y se limitan con mucha precisión. Los OCA tienen una relación estrecha de colaboración con los órganos fundamentales del Estado, ante los que rinden cuentas; por ello, su autonomía no supone una independencia absoluta respecto de estos órganos. Sin embargo, los OCA tienen que cumplir con sus atribuciones, les agrade o no a las instituciones gubernamentales, cuyas funciones orbitan en los mismos ámbitos, lo que crea tensiones. Ejemplo de lo anterior es el tema del Banxico con la política monetaria, del INEGI con el tema de la publicación de información o del tema de Coneval con de la medición de la pobreza.

Un punto nodal de los OCA es la selección de quienes integran y encabezan sus juntas directivas o de gobierno (consejeros), ya que de ellos dependerá en qué medida la institución podrá ejercer su autonomía constitucinal, sin sujetarse a la voluntad del gobierno. Las leyes reglamentarias de cada OCA definen las reglas para seleccionar a sus integrantes, las cuales buscan que éstos no obedezcan a intereses políticos o económicos (incluyendo al grupo en el poder). Por ello, en la mayoría de los casos, se sigue una fórmula muy sencilla: uno de los poderes propone un grupo de candidatos para cada vacante (por ejemplo, tres o cinco) y el otro elige a uno de ellos. Se supone que, con este mecanismo, ninguno de los dos poderes tendrá el control absoluto de las personas que encabezarán los OCA. Pero ¿qué sucede si el Ejecutivo tiene el control del Poder Legislativo, como sucede en la actualidad? El mecanismo deja de funcionar y se pierde la garantía de que el gobierno en turno no imponga a incondicionales en puestos donde se debe de proceder con la mayor autonomía posible; como fue el caso de la CNDH.

Por ello, vale la pena valorar el mecanismo que se utiliza en el IFT y en la Cofece, donde se designa a un Comité de Evaluación (integrado, ahora, por Banxico e INEGI) que se encarga de examinar los conocimientos idóneos de los candidatos para ejercer la función de consejero en uno u otro organismo, y de integrar una lista de aspirantes con las calificaciones aprobatorias más altas. Dicha lista se le envía al Ejecutivo para que, a su vez, elija a uno de ellos y lo someta al congreso para su aprobación. En caso de que el Congreso rechace la opción del Ejecutivo, éste podrá elegir de la lista a otro candidato y volverlo a poner a la consideración de los congresistas. La bondad de este mecanismo radica en la preselección de aspirantes con base en los conocimientos necesarios para cumplir con su función. Y, aunque un partido político tenga el control de los órganos soberanos del Estado, su elección siempre estará acotada a la lista de candidatos con mayor preparación en la materia.

Ojalá que en otros organismos se utilizara este tipo de mecanismo, con lo cual se evitaría el penoso caso de la Comisión Reguladora de Energía. Sin embargo, con el 10% que le otorga el presidente a la preparación de los funcionarios, dudo que esto tenga alguna viabilidad.

Presidente del Consejo Directivo de Métrica Educativa, A. C.
@EduardoBackhoff

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