No es nada nuevo decir que López Obrador no tiene ninguna simpatía por el INAI. Es más, si lo tuviese al alcance, ya lo hubiese desaparecido, junto con otros organismos que le resultan incómodos como el Instituto Federal de Telecomunicaciones y la Comisión Federal de Competencia.

Artículo 6º “…nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente…” Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

A lo largo de sus centenares de mañaneras se ha referido a este Instituto de Transparencia como una “tapadera” entre otras cosas por no dar a conocer información, por ejemplo sobre el caso Odebrecht. Por cierto y solo de paso, la “tapadera” del INAI ya le ordenó hace mucho tiempo a la Fiscalía “independiente” de AMLO que dé la información sobre Odebrecht, pero resulta que Gertz, su testaferro multiautomotriz, hizo que se ampararan para no entregar la información sobre el espinoso caso.

Eso de “tapadera” sí, pero en su Fiscalía con el tema Odebrecht .

Hay motivos para expresar preocupaciones por el hecho de que López Obrador haya mencionado al INAI dentro del diferendo que trae con mi amigo y compañero Carlos Loret de Mola.

Como se ha comentado prácticamente todos los días desde el día 11 en la mañanera, el Presidente de la República se ha referido a supuestos ingresos del periodista Yucateco y, como si no tuviese apenas rudimentos de saberes jurídicos, tuvo la zafia ocurrencia de que el INAI le extendiera una autorización para hacer públicos los ingresos de Loret, sus propiedades, y además las de sus familiares.

No es razonable creer que el Presidente de México no tenga una Consejería Jurídica que le diga si tiene sustento en leyes cualesquiera de sus pronunciamientos y medidas que anuncia como Jefe del Ejecutivo.

Pero como ya se sabe que la conferencia de las mañanas es un rosario, sarta, catálogo de mentiras, barbaridades y pronunciamientos ocurrentes, López Obrador aludió a la barbaridad sobre las propiedades del periodista.

Como si no le hubiesen dicho que violenta hasta preceptos constitucionales, López Obrador la soltó como si no estuviese consciente del montón de violaciones que está cometiendo.

Fue una carambola de tres bandas, la primera de las cuales era el propio Loret, la segunda son sus zombies adocenados y la tercera, la del impacto, está dirigida puntualmente contra el INAI.

López Obrador está plenamente consciente. Lo que hizo sobre los supuestos ingresos de Carlos Loret comporta varios delitos y para cubrir el bien medido paquete de faltas, lo cual le importa tres pepinos encurtidos, creó como cortina de humo, parapeto, un gambito que tiene como destino un golpe más contra el INAI.

Eso de “pedirle” permiso al Instituto de Transparencia para hacer pública la información que sobre Carlos ya le mandaron desde Hacienda y otras dependencias, es una expresión de maldad y de falta de moral pública, que lo único que denota es su grado de irritación por la publicación de los excesos de su hijo en Houston y el conflicto de interés ahí implicado.

Es pura venganza, búsqueda de discurso y un tiro lleno de ranversé contra el periodista, obviamente, pero atrayendo al INAI para reiterar su persistente inclusión en el catálogo de los inútiles y costosos.

Si de los organismos autónomos no se ha cansado de decir que casi todos ellos son caros, inútiles, estorbosos, con este gambito de mandarle una solicitud al INAI para que le autoricen atentar contra Loret, lo que busca es engordar el caldo y preparar lo que seguramente será una nueva cargada de guerra contra el Instituto que desde hace tres años teme por su vida y ha visto castigado su presupuesto anual desde San Lázaro.

El golpe va contra Loret, pero ante la respuesta firme y puntual del Pleno del INAI, firmado por su presidenta Blanca Lilia Ibarra, se está empaquetando en la narrativa Lopezobradorista un nuevo embate contra el organismo autónomo.

¿Y qué creía? ¿Verdaderamente esperaba que el INAI le respondiera al “ciudadano” Andrés Manuel su anuencia a que públicamente crucificara a Loret de Mola, solo para vengarse de la exhibición de la riqueza que hizo de su hijo desde Houston ?

Con sus lágrimas en una mañanera de la semana anterior dejó ver que el tema lo trae completamente en la viscera, con lo intenso e irracional que es lo que de ahí emerge para colorear o deformar la conducta.

Pero como todavía hay espacios de apego a la ley, el INAI se abstuvo de mandar al basurero la impertinencia de López Obrador, solo por una actitud de urbanidad política y respeto a una investidura que es arrastrada como camiseta deportiva pirata, y la institución lo puso en su sitio.

Pero como parece ser que López Obrador no leyó la nota de consulta que le pidió a su Consejera Jurídica, que aún no encuentra como quitarle lo rasposo y caliente al asiento que le dejó Julio Scherer, me permitiré recordar al Presidente los principales preceptos jurídicos que protegen la información personal de Carlos Loret y que al mismo tiempo lo convierten a él en reo de ley si insiste en su despropósito de violentar las leyes solo para relajarse el hígado.

Artículo 6 Constituciona

l “… La Información que se refiere a la vida privada y los datos personales será protegida en los términos y con las excepciones que fijen las leyes…”

Artículo 16 Constitucional

“…Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al Acceso, Rectificación, Cancelación de los mismos, así como a manifestar su Oposición, en los términos que fije la Ley, la cual establecerá los supuestos de excepción a los principios que rijan el tratamiento de datos por razones de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros…”

Parece ser muy elevado el tema para una mañanera, pero mundialmente se habla de los derechos ARCO que se refieren a que todo ciudadano tiene la libertad de decidir plenamente sobre el Acceso a sus datos personales, la Rectificación ante cualquiera que los tenga, la Cancelación de la tenencia que cualquiera ostente de ellos y, finalmente, la Oposición de la persona a que sean difundidos o transferidos al margen de la ley.

Por favor, que en su Consejería Jurídica le expliquen lo que significan derechos ARCO , porque puede seguir creyendo que se trata de una disciplina olímpica.

¿Será muy difícil que alguien le diga que estos derechos los garantiza la Constitución y que él JURÓ cumplir y hacer cumplirla, así como todas las leyes que de ella dimanen?

La Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados

es la Ley Reglamentaria del Artículo Sexto Constitucional, que en varios de sus artículos establecen que las personas en este país tienen absoluto derecho a que se mantenga la privacidad de los datos personales y que las instituciones, que por razón de gobierno, deben protegerlos como parte de los derechos humanos.

Artículo 31 de la Ley de Protección de Datos Personales

señala claramente que el Estado es RESPONSABLE del tratamiento de los Datos Personales de los Ciudadanos, contra daño, pérdida, alteración o destrucción y que GARANTICE la confidencialidad, integridad y disponibilidad de esta información.

Artículo 69 del Código Fiscal de la Federación

en el que se deja perfectamente claro que las autoridades fiscales tienen la obligación de GUARDAR ABSOLUTA RESERVA sobre los datos de los ingresos de las personas o de sus propiedades que ameriten alguna clase de alcabala.

Y para que se le cruce más en el hígado en una mañanera, el INAI tiene atribuciones de ley para imponerle a él mismo, pese a su fuero, medidas de apremio y hasta sanciones (multas), si hace mal uso de la información que puede obtener en razón de su alto encargo.

Artículos 51 y 57 de la Ley General de Responsabilidades y Artículos 153 y 163 de la Ley de Protección de Datos Personales,

que son indicaciones legales que le confieren al INAI atribuciones para hacerle desde amonestaciones públicas hasta imponerle multas desde 150 hasta 1,500 Unidades de Medida (UMAS).

Y para cerrar, el Artículo 1916 del Código Civil da la posibilidad de cualquier afectado a iniciar una demanda por daño moral en caso de que sea agredido en su buen nombre o su prestigio público por persona alguna.

Este es el contexto de Leyes que está torturando López Obrador en su obstinada intención de exhibir a Carlos Loret, y solo porque le partió por la mitad su discurso de austeridad republicana, de separación de los asuntos públicos con los privados e hizo que muchos enarcaran las cejas al escuchar su discurso de honestidad valiente.

Por eso está tan sensible e irritado.

Les deseo un gran día de Sol.

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