Se dice que “Aclaración no pedida, acusación manifiesta”, pero nunca está de más aclarar algunas cosas cuando se hace necesario y me veo en la necesidad de decir que desde la edición de mi libro Derecho Constitucional, publicado por Oxford University Press ¡hace 16 años! incluí a los organismos autónomos en el capítulo del Poder Ejecutivo por considerar que sus funciones son esencialmente ejecutivas, indebidamente extraídas de la esfera de ese poder al que pese a su legitimidad democrática, se le resta autoridad en ciertas materias.

Reitero ahora ideas que al respecto manifesté hace años y que siguen siendo válidas para sostener la necesidad de reincorporar al Ejecutivo funciones que naturalmente le corresponden. En 2017, antes del inicio del sexenio pasado, publiqué un artículo con el título Autonomía Riesgosa en el que hacía notar cómo este concepto puede incluso poner en riesgo la debida estabilidad institucional por “el constante socavamiento de la institución presidencial cuyo titular, aunque tenga millones de votos populares, no es confiable. Su origen democrático palidece ante la verdadera fuente de legitimidad aristocrático-corporativa: las organizaciones de la sociedad civil”, refiriéndome a la creciente influencia de esta en la integración de tales organismos. Agregaba que este neocorporativismo “se arroga una legitimidad superior a la democrática para decidir quién debe ocupar los puestos públicos”.

En el artículo denominado La parte oscura de las autonomías hice notar que la autonomización ha producido embrollos burocráticos, duplicación de funciones e incluso resultados contradictorios. Las normas en materia de transparencia han llegado a consagrar la opacidad. La protección de datos personales, que obliga a firmar una pila de papeles en cualesquiera trámites privados o públicos, es una formalidad que solo nos complica la vida y en general nos obliga a aceptar la divulgación de nuestros datos sin ofrecer ninguna auténtica protección. A eso puedo agregar por mi experiencia cuando fui Director General de Profesiones, que el Inai suele excederse en sus funciones obligando a las dependencias a preparar informes específicamente destinados a satisfacer intereses privados que exceden la mera entrega de datos existentes en los archivos.

Desde hace años vengo escribiendo que si se analiza a fondo la naturaleza de los organismos autónomos y la filosofía que los anima, se encontrará que en realidad contradicen el principio democrático. En una democracia se entiende que la voluntad popular debe ser la fuente de todo poder y en el caso de los organismos autónomos se parte de la contradictoria premisa de que los funcionarios electos no son dignos de confianza y de que hay cuestiones “tan importantes” que deben arrebatársele a aquellos que tienen a su favor la confianza popular por el origen electoral de sus cargos.

En realidad, hay una pretensión aristocrática y hasta oligárquica en la creación de estos organismos, la cual se ve reforzada cuando se observa que en los órganos reguladores a los que se otorga autonomía, es frecuente el predominio de las opiniones y la ideología de los propios sujetos regulados.

No es extraño, pues, que estime necesaria la aprobación de la propuesta que se estudia en el Congreso, para eliminar varias de estas excrecencias constitucionales.

Investigador de El Colegio de Veracruz y Magistrado en retiro. @DEduardoAndrade

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