Hoy quiero compartir con mis lectores algunas reflexiones contenidas en una carta que dirigí a los exconsejeros y exmagistrados electorales que piden a las autoridades de la materia desobedecer textos constitucionales y legales que rigen su actuación, en virtud de no compartir los resultados de la votación del 2 de junio. Preocupa que las mentes lúcidas de quienes fueron árbitros electorales, muchos de ellos muy dignos, hoy asuman la propaganda partidista que propone dejar de aplicar la Constitución y la ley para alterar el resultado surgido de las urnas.

En esa carta, los exfuncionarios no presentan ningún argumento jurídico que claramente demuestre la posibilidad de alterar la lectura de la Constitución para evitar lo que consideran equivocadamente una excesiva sobrerrepresentación en la futura Cámara de Diputados. Les señalo que están en su derecho de disentir de las propuestas de reformas constitucionales impulsadas por los partidos ganadores que recibieron amplísimo respaldo de los electores, pero ese fin político no justifica emplear el prestigio que les da haber actuado como árbitros electorales para difundir sofismas sobre la interpretación de normas constitucionales y legales.

Hago notar que su misiva está plagada de imprecisiones, errores y verdades a medias, y que me asombra que entre los firmantes se encuentren algunos destacados alumnos míos, que estoy seguro aprendieron bien en mi clase de Ciencia Política la diferencia entre los sistemas mayoritario y proporcional para la asignación de curules.

Les recuerdo la naturaleza de nuestro sistema: “predominantemente mayoritario”, NO proporcional, como falazmente se infiere en la parte de su carta donde dicen que “el principio de máxima proporcionalidad posible subyace a toda la representación democrática”. Saben que es falso, por eso dicen “subyace”, es decir, que se que encuentra oculto. Y nada está oculto en la definición de nuestro sistema, que no se sustenta en la “máxima proporcionalidad”; el hecho de que nuestra Constitución disponga que los diputados electos por mayoría sean 100 más que los de representación proporcional, significa que expresamente se concede más peso a la representación mayoritaria. También saben que no toda representación democrática se guía por ese “principio de máxima proporcionalidad”, basta ver el resultado de las recientes elecciones en la Gran Bretaña en donde el Partido Laborista obtuvo el 33% de los votos y ocupa el 63% del Parlamento, con una sobrerrepresentación de ¡30 puntos! debido a la aplicación de su sistema mayoritario que nadie considera antidemocrático. En México pretendemos atemperar los efectos del sistema mayoritario con los diputados de representación proporcional, de los cuales solo se eligen 200, en tanto que los otros 300 llegan por el sistema de mayoría. En este gana el candidato que obtiene más votos que cualquiera de los otros participantes en la elección y cada distrito se puede ganar por un solo voto. Quien logra el triunfo es quien ocupa el lugar correspondiente en la Cámara. De modo que cada uno de los 300 candidatos que ganaron en sus distritos ocuparán su curul sin importar el porcentaje de votos que hayan obtenido. Solamente los otros 200 se reparten de acuerdo al porcentaje, no los 500 como tratan de hacer creer.

Investigador de El Colegio de Veracruz y Magistrado en retiro. @DEduardoAndrade

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