Eduardo Andrade

Demencial actitud en el Poder Judicial

Eduardo Andrade Sánchez, articulista de Opinión
27/08/2024 |00:00
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Eduardo Andrade

Demencial actitud en el Poder Judicial

Eduardo Andrade Sánchez, articulista de Opinión
27/08/2024 |00:00
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Con desapasionada objetividad aporto esta reflexión avalada por 50 años de experiencia profesional como jurista en ambos órdenes de gobierno; en la administración pública, en los poderes legislativo y judicial y la autoría de 16 libros. Desde esa atalaya me atrevo a calificar de demencial  la actitud asumida por miembros del Poder Judicial en abierto desafío a los otros Poderes y al Constituyente Permanente. No me propongo ofender. Uso el adjetivo en su dimensión descriptiva atribuida a algo caótico, absurdo, incomprensible, disparatado, desproporcionado, increíble, sorprendente y un largo etcétera de sinónimos.

Un sistema jurídico entra al caos, si se desordena al extremo de que la tarea judicial se vuelva contra sí misma, negando la impartición de justicia para presionar a otros Poderes que tienen la facultad de regularla. Es absurdo oponerse a determinaciones que ese Poder está obligado a cumplir en caso de aprobarse y que no está facultado a desafiar. La atribución de modificar la Constitución corresponde al Poder Constituyente Permanente, cuyas decisiones deben ser ejecutadas por los juzgadores sin posibilidad de oponerse a ellas. El Poder Judicial no forma parte del Constituyente. Este puede modificar integralmente una función estatal en ejercicio de la soberanía popular. El Judicial no puede pronunciarse sobre la constitucionalidad de un cambio constitucional.

La conveniencia de emplear la elección directa para designar a magistrados y jueces puede ser  criticada, es factible aducir razones para oponerse a su adopción, pero es indudable que el Poder Reformador de la Constitución tiene la potestad de incorporarla a la Norma Suprema. Las modificaciones constitucionales son las únicas normas que pueden afectar situaciones jurídicas concretas como el estatus de los funcionarios públicos. Me consta porque el periodo para el que fui designado Magistrado lo truncó el retiro por edad, dispuesto en una reforma constitucional posterior.

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Abandonar las funciones públicas en oposición a esos cambios vuelve activistas políticos a los impartidores de justicia. Su conducta evidencia una disparatada politización al nivel de manifestación partidista que, paradójicamente, justifica las razones que impulsaron al Ejecutivo a proponer la reforma judicial. Es increíble que se busque la justicia negándola a los justiciables y se detenga la operación normal de una actividad esencial del Estado sin sustento jurídico. Tal paralización no es ni un paro ni una huelga; quienes han recurrido a ella lo hacen fuera de la ley. Pero más increíble es que la avale el Consejo de la Judicatura Federal apartándose de su función constitucional. Sorprende que los encargados de la disciplina judicial promuevan la indisciplina corriendo el riesgo de caer en una causa de Juicio Político.

La carrera judicial se conserva hasta la categoría de Secretario General de Acuerdos de la Corte y los derechos adquiridos se garantizan en un transitorio de la reforma. La expectativa de llegar a juez por esa carrera no es un derecho adquirido y queda siempre la posibilidad de ganar una elección.

Es incomprensible que los actuales servidores de carrera, hasta los Magistrados, incumplan la obligación que les impone la ley de “Realizar las funciones propias de su cargo conforme a la normativa y en el tiempo y lugar estipulado”.

Investigador de El Colegio de Veracruz y Magistrado en retiro.

@DEduardoAndrade

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