Finalmente la Suprema Corte de Justicia decidió, en votación muy cerrada, validar la constitucionalidad de una eventual consulta popular para llevar a juicio a cinco expresidentes de la República. Tras discusiones donde el centro del debate fue la factibilidad de dejar en manos de los ciudadanos responsabilidades que competen al Estado o, por el contrario, cerrar las puertas a la opinión popular, la decisión final se dio en medio de lo que se percibe como cierta presión del Poder Ejecutivo sobre el Judicial.
En una república estructurada sobre la base de la división de poderes, es cuestionable el ambiente que se vivió días antes en el que si bien el mandatario se deslindó de cualquier decisión que se tomara en la Corte, sí deslizó comentarios a los ministros para que votaran a favor.
La sociedad espera que este tipo de presión no haya influido en la decisión, y a pesar de que se trató de una votación dividida en un tema tan importante, preocupa que siente precedente para la aplicación futura de justicia. ¿Hubo merma en la autonomía del Poder Judicial? ¿Se cedió a la presión presidencial y a la del partido en el poder?
Cuestionar la factibilidad constitucional o no de la consulta no debe interpretarse como un defender a expresidentes, lo que causa polémica es que se trate de acomodar la Constitución a objetivos específicos.
Sobresale también el cambio o ajuste que se propone a la forma en que se preguntará a la ciudadanía su sentir con respecto al juicio a los expresidentes. El replanteamiento de la pregunta alude a un “esclarecimiento de las decisiones políticas tomadas en los años pasados por los actores políticos” —entiéndase expresidentes—, que por cuidar las formas y la corrección políticas, resulta de una vaguedad apabullante.
Con los exmandatarios no hay vuelta de hoja: si son culpables de la comisión de delitos, que se presenten pruebas y se apliquen las leyes vigentes. El porqué no se ha hecho muestra un vacío en la procuración de justicia y en la existencia malentendida del llamado fuero, que los hacía solo en apariencia intocables, dado que se puede llevarlos a juicio a través de denuncia interpuesta ante el Senado. Por lo que consultar si se debe aplicar la justicia es mera pregunta retórica dada la obviedad de la respuesta. Una ley que no puede aplicarse sin consultar primero a los presuntos agraviados, no es ley.
Presumir que un plebiscito es más válido que todo el aparato judicial existente, echa por la borda décadas y décadas de análisis, estudio y construcción de la justicia de un país. Es necesario replantear todos estos elementos para evitar un galimatías jurídico.