El Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), también conocido como el Acuerdo Estados Unidos-México-Canadá (USMCA), entró en vigor el 1 de julio de 2020 como un hito en las relaciones comerciales y económicas entre estas naciones. Uno de los elementos destacados en este tratado son los paneles, que son una faceta esencial del acuerdo y merecen un análisis más detenido.

Los paneles en el T-MEC son mecanismos de solución de controversias independientes que operan para resolver disputas en áreas específicas como el comercio y los asuntos laborales. En lugar de recurrir a procedimientos legales prolongados y costosos, las partes involucradas pueden presentar sus preocupaciones ante un panel compuesto por expertos imparciales. Esta característica no solo agiliza el proceso, sino que también garantiza una evaluación objetiva.

Poniendo foco en los temas comerciales, los paneles del T-MEC también son responsables de resolver las disputas de este tipo entre los tres países miembros. Esto es esencial para garantizar que las normas comerciales y las reglas del tratado se cumplan de manera justa y equitativa. Los paneles proporcionan un mecanismo para abordar problemas y diferencias que puedan surgir en el comercio entre los países, lo que contribuye a la estabilidad y la previsibilidad en las relaciones comerciales.

En este contexto, abordemos la controversia entre México y Estados Unidos por el maíz transgénico y repasemos un poco su origen. El 31 de diciembre de 2020, el ejecutivo federal publicó un decreto que establecía las acciones para sustituir gradualmente el uso, adquisición, distribución, promoción e importación de glifosato (herbicida ampliamente utilizado en la agricultura, la jardinería y en otros entornos para controlar y eliminar las malezas y plantas no deseadas).  En el Artículo Quinto del decreto en cuestión, se le daba facultad a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, así como a las de Salud, la de Agricultura y al Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología, para promover reformas suficientes con el fin de evitar el uso del glifosato como sustancia activa de agroquímicos y de maíz genéticamente modificado en México.

Por su parte, ante esta prohibición a la importación, Estados Unidos manifestó tajantemente su rechazo, argumentando que aún no existen pruebas científicas que demuestren que el consumo humano de este tipo de maíz cause daños a la salud y que, por ende, afectaría sus prácticas comerciales. Como nota importante, no podemos olvidar que el principal comprador de maíz a los Estados Unidos es México.

Con el fin de apaciguar las aguas, el 13 de febrero de este año, se publicó el decreto que derogó el de 2020 y en el cual, entre otras cosas, se busca que se prohíba el uso del maíz transgénico para la masa y tortillas, sin la afectación a la importación de este. Punto que es irrelevante a estas alturas puesto que nuestro vecino del Norte ha iniciado una controversia comercial por medio de los paneles establecidos en el Capítulo 31 del T-MEC.

Sin embargo, a pesar de los avances que los paneles han traído consigo, también hay desafíos que enfrentar. La efectividad de estos dependerá en gran medida de la voluntad y cooperación de las partes involucradas. Además, la selección de expertos imparciales para formar parte de los paneles debe ser transparente y garantizar la confianza en el proceso.  Para los efectos de esta controversia, según se informó a finales de octubre, el panel se integrará por: Christian Häberli, especialista reconocido en temas de comercio internacional y de nacionalidad suiza; Jean E. Kalicki -la panelista por parte de los Estados Unidos-, abogada internacional especializada en arbitraje y resolución de disputas comerciales internacionales y, elegido por México, Hugo Perezcano Díaz, árbitro independiente, abogado y consultor internacional con experiencia en la Organización Mundial de Comercio, donde ha desempeñado funciones relacionadas con el análisis de temas legales y comerciales internacionales, así como con la implementación de acuerdos comerciales.

En el marco del T-MEC, los tres países han acordado respetar ciertas normas y regulaciones comerciales. La prohibición de importación de maíz transgénico en México ha planteado preocupaciones sobre si esta medida es compatible con los compromisos comerciales asumidos por México en virtud del T-MEC. El maíz es un producto agrícola de gran importancia en el comercio entre México y Estados Unidos. Cualquier medida que afecte significativamente este comercio puede tener consecuencias económicas importantes para ambos países.

A medida que avanzamos, es fundamental que los países miembros del T-MEC trabajen en conjunto para abordar estos desafíos y garantizar que los paneles cumplan su propósito de manera justa y equitativa. Esto incluye la revisión constante de los procesos, la adaptación a nuevas situaciones y la mejora continua. Es fundamental que México y Estados Unidos busquen una solución equitativa y basada en la evidencia para esta controversia sobre el maíz transgénico. La resolución debe ser coherente con los compromisos comerciales internacionales y tener en cuenta los intereses legítimos de ambos países. México no la tiene fácil.

Académico de la Universidad del Valle de México, Campus Zapopan

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