"Narco Files" investigación publicada en “El Gran Diario de México” profundiza en las operaciones encubiertas y entregas vigiladas autorizadas por México en la lucha contra la delincuencia organizada. El texto revela cómo, durante el gobierno de AMLO se autorizó el paso controlado de drogas y dinero ilícito para desmantelar redes de narcotráfico. Resalta la colaboración con la DEA y el ICE y detalla casos específicos. El reportaje pone de manifiesto la complejidad y los desafíos legales y éticos de estas operaciones encubiertas en el marco de la cooperación internacional.
La Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional, conocida como la “Convención de Palermo”, es un pilar fundamental en el derecho penal internacional. Su objetivo principal consiste en facilitar la cooperación internacional en la lucha contra la delincuencia organizada transnacional, incluyendo el tráfico de drogas, personas y armas. Establece un marco legal, que facilita la extradición y asistencia mutua entre los Estados miembros. Aborda las técnicas de investigación avanzadas: entregas vigiladas y operaciones encubiertas.
El funcionamiento de la Convención se basa en la colaboración entre Estados Parte. Obliga a los países a adaptar sus legislaciones nacionales a los estándares internacionales establecidos, promoviendo un enfoque coherente y unificado en la lucha contra este fenómeno global.
La "entrega vigilada", definida en el artículo 2 como una técnica de cooperación internacional implica que los cargamentos ilícitos pueden transitar bajo supervisión para desarticular redes criminales. El artículo 20 establece un procedimiento detallado enfatizando la cooperación y coordinación, resaltando la obligatoriedad de los Estados Parte de implementar medidas legislativas y operativas para cumplir con los acuerdos de la Convención.
El marco jurídico que regula estas técnicas es nacional e internacional. México, al suscribir y ratificar la Convención de Palermo, está obligado a su cumplimiento. A nivel nacional, la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada (LFCDO) y el Código Nacional de Procedimientos Penales (CNPP) proveen el fundamento legal para la implementación de las TEI, delineando los límites y procedimientos para su aplicación. La autorización para llevar a cabo estas operaciones recae en el Titular del Ministerio Público de la Federación y solo en determinados funcionarios puede delegarse esta atribución.
Las operaciones encubiertas involucran agentes que se infiltran en organizaciones criminales para recabar información desde adentro, mientras que las entregas vigiladas permiten que cargamentos ilícitos sean rastreados y monitoreados por las autoridades para identificar y capturar a los involucrados en la cadena criminal.
En la práctica, el uso de estas técnicas en México y en operaciones internacionales ha demostrado ser fundamental para desarticular redes de delincuencia organizada. Sin embargo, su aplicación no está exenta de desafíos. La necesidad de un equilibrio entre la eficacia operativa y el respeto a los derechos humanos es un tema recurrente, al igual que la importancia de la cooperación y coordinación internacional. Estas técnicas deben manejarse con un equilibrio entre eficacia y respeto a los derechos humanos, un desafío que continúa evolucionando en la arena legal y ética.
Consejero de la Judicatura Federal 2009-2014