Antecedentes

Adrián Pozos Estrada
Coordinador del Subcomité de Riesgos Naturales
del Comité Técnico de Resiliencia de la Infraestructura del CICM

México es un país frecuentemente impactado por diversos fenómenos naturales. Los efectos que causan los fenómenos naturales como los sismos, huracanes, tsunamis, erupciones, etc., tienen un impacto directo sobre las edificaciones. Es importante recalcar que las edificaciones no sólo se diseñan y construyen para soportar fuerzas sino para brindar un servicio o ser habitadas. Así, los efectos que causan los fenómenos naturales no sólo impactan a la infraestructura sino también a la sociedad. Con base en lo anterior, podemos decir que un riesgo implica la presencia de un fenómeno natural (agente perturbador) que pueda ocasionar daño a un sistema expuesto y susceptible de ser afectado (e.g., infraestructura o sociedad). Asimismo, si no hay elementos que puedan ser afectados en un lugar donde ocurre un fenómeno natural, no hay riesgo.

La necesidad de muchas personas de contar con vivienda y recursos básicos las han orillado a establecerse en zonas propensas a ser impactadas por diversos fenómenos naturales, que pueden causar daño a las estructuras y, en el peor de los casos, la pérdida de vidas humanas.

Con base en la información anterior, y en el entendido de que no podemos predecir ni evitar la ocurrencia de fenómenos naturales, podemos hacernos la siguiente pregunta ¿la sociedad cuenta con algún elemento legal que la proteja contra la falla y mal funcionamiento de las edificaciones? La respuesta es sí, de manera similar a la regulación de las actividades desarrolladas en sociedad, en el ámbito de la construcción, gran parte de las entidades federativas de México cuentan con un Reglamento de Construcciones, incluso a nivel municipal. De acuerdo con el Centro Nacional de Prevención de Desatares (CENAPRED) de México, los Reglamentos de Construcciones son documentos legales que tienen la función de proteger a la sociedad contra la falla o mal funcionamiento de las edificaciones o, en otras palabras, son documentos que salvan vidas.

¿Existe un reglamento de construcciones a nivel nacional?

La respuesta es no, por lo que podemos encontrar en México una gran diversidad de reglamentos de construcciones, lo anterior debido principalmente a la interpretación que se da al Artículo 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, de donde se interpreta que cada municipio tiene la atribución de emitir su propio reglamento de construcciones (CENAPRED).

¿Quiénes hacen los reglamentos de construcciones?

Para contestar a esta pregunta pongamos el ejemplo de la Ciudad de México. Recientemente, en 2020 se publicó en la Gaceta oficial de la Ciudad de México el “Acuerdo por el que se reforma el diverso por el que se integra e instala la Comisión para el estudio y propuestas de reformas al Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal” (https://bit.ly/3IfxMO3). De acuerdo con este documento, es la Comisión para el estudio y propuestas de reformas al Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal la encargada de hacer y modificar el Reglamento de Construcciones. Esta Comisión se encuentra integrada por personas titulares de diversas dependencias de la Ciudad de México, como la Secretaría de Obras y Servicios, la Dirección General del Instituto para la Seguridad de las Construcciones, la Secretaría de Gestión Integral de Riesgos, entre otras. Un elemento de toral importancia en la elaboración y actualización de los reglamentos de construcciones y sus Normas Técnicas Complementarias es la participación de diversos comités, como el Comité Asesor en Seguridad Estructural, así como la participación de asociaciones profesionales y otros organismos e instituciones.

¿Qué son las Normas Técnicas Complementarias?

En general, las Normas Técnicas Complementarias de un Reglamento de Construcciones son documentos técnicos que establecen los requisitos técnicos mínimos para el diseño y construcción de todo tipo de edificaciones con las especificaciones y excepciones que en ellas se indican, para asegurar el buen funcionamiento, accesibilidad, habitabilidad, higiene, servicios y acondicionamiento ambiental, de la comunicación, evaluación y prevención de emergencias, seguridad de emergencias, de la integración al contexto e imagen urbana, de las instalaciones, de la seguridad estructural de las construcciones

(https://bit.ly/3HJwZUc).

¿Cada cuándo se debe actualizar un reglamento de construcciones?

El consenso profesional es que un Reglamento de Construcciones, al igual que sus Normas Técnicas Complementarias, debería actualizarse cuando se considere necesario con la finalidad de adecuar su contenido de acuerdo a los avances científicos de las diversas especialidades. Como ejemplo, las reglas de operación y funcionamiento de la comisión para el estudio y propuesta de reformas al Reglamento de Construcciones para el Distrito Federal (https://bit.ly/3Ik5xOc) indica que la actualización del Reglamento de Construcciones y sus Normas Técnicas Complementarias deberá hacerse cada 6 años.

Si hay Reglamentos de Construcciones ¿por qué hay estructuras que fallan cuando tiembla?

Esta pregunta es compleja de contestar, ya que son muchos factores, no sólo el técnico, los que se involucran en la aplicación adecuada de un Reglamento de Construcciones. Se pueden proveer algunos elementos que pueden ayudar a dar respuesta a la pregunta anterior. Primero, es importante considerar que, como cualquier otro reglamento (e.g., el Reglamento de Tránsito) si no se cumple o exige su aplicación rigurosa por parte del sistema gubernamental, los beneficios que éste brinda a la sociedad no son alcanzados; por ejemplo, el beneficio de aplicar adecuadamente un Reglamento de Construcciones es proteger a la sociedad para que no existan pérdidas de vidas humanas, así como evitar la falla o mal funcionamiento de las edificaciones. Segundo, es importante considerar que un gran porcentaje de las edificaciones que existen en nuestro país, en el mejor de los casos, fueron diseñadas y construidas con Reglamentos de Construcciones anteriores, por lo que esas construcciones podrían no contar con niveles de seguridad concordantes con el conocimiento científico actual.

Comentarios finales

A diferencia de otros ámbitos, México y sus ingenieros son internacionalmente reconocidos por su alta capacidad técnica para resolver problemas altamente complejos. Son justamente estos ingenieros mexicanos (profesionales de la práctica, investigadores, diseñadores, constructores, etc.) quienes participan con entusiasmo en la elaboración y actualización de Reglamentos de Construcciones y sus Normas Técnicas Complementarias o lo que podemos llamar documentos que salvan vidas.

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