25 años después de una profunda reforma judicial, nos encontramos ante un nuevo e impostergable ajuste que, lejos de lo que pudiera pensarse, no busca refundar al PJF sino procurarle los arreglos necesarios para sanearlo de sus males y volverlo más eficaz frente a la ciudadanía.
Precisamente por ello los impulsos transformadores tenían que venir de allí dentro. Recordemos que el Ministro Aguilar anunció en 2016 lo imperioso del ajuste, pero no lo pudo concretar. En cambio, desde su postulación a la presidencia de la SCJN y del CJF el Ministro Zaldívar enarboló una agenda transformadora que buscaba la “renovación desde la independencia”.
No hay duda que en el año que lleva al frente del PJF, Zaldívar ha tenido la capacidad de impulsar algunos de los cambios que hoy aparecen en la iniciativa formulada desde la sede judicial y que acaba de acoger el Presidente de la República. Sin embargo, algo tuvo que suceder para que los cambios que comenzaron a promoverse desde dentro busquen el acompañamiento legislativo para que terminen de obtener su impulso definitivo.
Es probable que los ajustes sean tan profundos que inexorablemente requieran de esos apoyos externos, o que en su camino interno se hayan topado con dificultades derivadas de los obstáculos y las resistencias que con seguridad han buscado detenerlos. Es igualmente posible que Zaldívar se haya dado cuenta que los 3 años que le quedan en la presidencia no serán suficientes para consolidar desde dentro la ineludible transformación del PJF y eso lo haya motivado a buscar inscribir en leyes los ejes de su programa de gobierno. Como quiera que sea, hay que saludar la altura de miras para enraizar los cambios asociados a dicha renovación, para que con independencia de los vaivenes futuros no pueda haber marcha atrás.
El contenido de la propuesta de reforma evidencia el énfasis otorgado a la transformación de la magistratura federal, pues 7 de sus 9 directrices se orientan a promover la modificación de los requisitos de acceso, promoción, profesionalización, adscripción, ratificación, vigilancia, control y sanción de jueces y magistrados.
Llama la atención, sin embargo, que solo 2 aspectos buscan incidir en la identidad de la Corte como Tribunal Constitucional. El primero vuelve a poner sobre la mesa la necesidad de circunscribir el ámbito de desenvolvimiento de la Corte para rebajar la saturación competencial que hoy la aqueja, liberándola para que únicamente atienda los casos que revistan un interés general superlativo, de donde se deriven criterios que la Judicatura deberá asumir en la resolución de controversias vinculadas a la protección de los derechos humanos, y para que se concentre en aquellas controversias que requieran su autoridad moderadora frente a los grandes excesos del poder.
Es acertado, por lo tanto, que otros órganos del PJF entren al auxilio de la Corte y que unos más se creen con ese mismo fin.
No deja de ser significativo que la Corte busque reforzar su autoridad y su magisterio constitucional. Para ello la propuesta incorpora dispositivos que permiten una mejor interlocución con los congresos en beneficio de una legislación actualizada, sin vicios y conforme con la Constitución y los tratados, proponiendo también la instauración de los precedentes para que las razones de las sentencias del pleno sean obligatorias para la judicatura nacional.
Este ajuste es importante, pero será insuficiente o hasta contraproducente si no se acompaña de cambios internos en la deliberación y en la mecánica de votación de los asuntos, pues es notoria la dificultad de los ministros para compartir los argumentos o el sentido de las resoluciones ya que la exacerbación de las posturas personales ha llevado a un exponencial incremento de los votos particulares, derivando en resoluciones cada vez más fragmentadas en las que resulta difícil apreciar un consenso argumentativo o escuchar la voz unificada de la Corte.
Bienvenida la renovación de la SCJN y del PJF, aunque la misma sea producto, finalmente, de una recíproca y pactada colaboración entre los tres poderes del Estado.
Instituto de Investigaciones Jurídicas
de la UNAM. @CesarAstudilloR