El 27 de enero de 2016 se desindexó constitucionalmente el salario mínimo y se creó la Unidad de Medida y Actualización (UMA), que ahora es el parámetro que se utiliza como base o referencia para determinar la cuantía del pago de las obligaciones y supuestos previstos en las leyes federales, de las entidades federativas y de la Ciudad de México.

Con ello los incrementos al valor del salario mínimo ya no sirven para calcular los aumentos a todos los montos que estaban indexados a éste. Esto liberó al salario mínimo de una función financiera que no era propia de su naturaleza y retomó el uso original que es medir la suficiencia para satisfacer las necesidades normales de un jefe de familia.

Lo anterior facilitó que se llevara a cabo una política pública orientada a reconstituir el poder adquisitivo de este tipo de salario, cuyo monto pasó de 88.36 en diciembre de 2018 a 141.70 en enero de 2021, es decir, un aumento acumulado del 60 %, pero esto no implica que necesariamente se provoque una mejora del salario real.

El CONEVAL muestra en sus cifras que desde 2014 había una tendencia al alza de la masa salarial y a la reducción de la pobreza del ingreso que cambió con la pandemia, la desaceleración económica y la falta de inversión en el 2019. El porcentaje de población con un ingreso laboral inferior al costo de la canasta alimentaria fue el más bajo en el 2006-2008 lo que cambió por motivo de la crisis financiera mundial del 2008.

Esto demuestra que si bien la política pública de aumento del salario mínimo legitima, está no es la causa principal del incremento del salario real o la masa salarial, ni de la disminución de la pobreza salarial. Subir demagógicamente el salario mínimo a tontas y a locas provoca distorsiones importantes en las finanzas públicas y falsas expectativas en grupos no beneficiados.

Esto último sucede con el cálculo de las pensiones que ahora está vinculado a la Unidad de Medida y Actualización, es decir, su incremento se fija con base en la inflación y no con el incremento del salario mínimo general vigente en la zona no fronteriza. Esto provocó demandas legítimas de los pensionados que consideran que no deben ser perjudicados por la política de desindexación del salario mínimo y que este debe utilizarse para determinar cualquier monto de ingreso periódico que provenga del ejercicio de derechos laborales o de seguridad social.

En este sentido, en septiembre de 2019, el Décimo Octavo Tribunal Colegiado en materia administrativa del Primer Circuito estableció la jurisprudencia siguiente:

“la pensión de retiro de los trabajadores es una prestación de seguridad social derivada de la relación de trabajo y sustentada propiamente en el salario… consecuentemente, lo relativo a su monto, actualización, pago o límite máximo debe aplicarse el salario… además, de atender para esos aspectos UMA se desnaturalizaría la pensión … lo cual jurídicamente no es permisible…”

El impacto de esta jurisprudencia en las finanzas públicas es brutal y si se considera que alrededor del 17% del gasto público son los compromisos de pago de pensiones contributivas, más 2.3% de las no contributivas, simplemente hay que entender las palabras del Presidente en la mañanera del pasado viernes 5 de marzo en la que “revertir las UMAS o buscar un mecanismo de compensación, independientemente del mecanismo son pensiones dignas. Estamos esperando que pase este vendaval que originó la pandemia” para ver que se puede hacer ante el reclamo de los pensionados por la resolución de la SCJN del 17 de febrero que por contradicción de tesis dejó sin efecto la anterior y determinó que la UMA es el parámetro para calcular la pensión del ISSSTE y no el salario mínimo, con lo que el tope pensionario se fija en 27 mil pesos y no en 42 mil que correspondería con la aplicación del otro criterio y sería congruente con el aumento del 60% que ha tenido del salario mínimo en los últimos años.

Decretar aumentos al salario mínimo es popular, pero en términos de las finanzas de todos los mexicanos en una política demagógica. Además, no es el factor principal de aumento del salario real y crea demandas justas de los jubilados, pero que no se pueden pagar por falta de recursos. En un cálculo conservador el aumento en el rubro de gasto en pensiones del gobierno sería cercano a los 200 mil millones de pesos anuales. Como dice Héctor Villareal del CIEP “tenemos que tomar los pasivos contingentes más en serio o corremos el riesgo de que una generación entera nos la pasemos pagando pensiones”. Esto seguirá sucediendo si la política salarial se fija a tontas y a locas.

Socio director de Sideris, Consultoría Legal
cmatutegonzalez@gmail.com
Facebook.com/cmatutegonzalez
Twitter @cmatutegonzalez
www.carlosmatute.com.mx

Google News

TEMAS RELACIONADOS