El pasado martes participé en el Seminario Internacional “Seguridad Cibernética en el Contexto de América Latina”, organizado por el Instituto Nacional de Estudios Estratégicos en Seguridad de Guatemala, invitado como investigador del Instituto Mexicano de Estudios Estratégicos en Seguridad y Defensa Nacionales en la que planteé la pregunta si son legítimas las acciones de inteligencia en las sociedades democráticas y abiertas.

¿Qué es la inteligencia? La definición clásica (1949) es la de Sherman Kent, profesor investigador de la Universidad de Princeton, para quien la inteligencia es el resultado de la aplicación de conocimiento para integrar, interpretar, analizar y evaluar la información relevante para un determinado asunto que represente una amenaza o una oportunidad para una organización o un Estado.

Hay que destacar que los servicios de inteligencia son propios de cualquier organización, pública o privada, comprometida con el cumplimiento eficiente y eficaz de sus fines para garantizar el desarrollo adecuado de sus atribuciones. Estas actividades están relacionadas con la certidumbre del ambiente en que inciden, la prevención de riesgos, la identificación de áreas críticas y la planeación estratégica que son necesarias considerar para el éxito de su misión.

Este tipo de servicios están relacionados, en la imaginería social, con los espías (operaciones encubiertas) y con la contrainteligencia, que es la infiltración del adversario o competidor (los llamados topos) para sabotear u obtener información privilegiada para beneficio propio en detrimento de la organización que es su dueña o responsable de su manejo.

En realidad, la mayoría de la inteligencia es llevada a cabo por analistas que preparan escenarios para la toma de decisiones en las mejores condiciones posibles y con la información suficiente para obtener los resultados esperados con base en una planeación previa. En este sentido, los documentos vinculados con la misma son considerados secretos (for your eyes only en la terminología de James Bond) y sujetos a un tratamiento especial dentro de las organizaciones.

Esta última característica de secrecía se ha justificado históricamente en lo público como la Razón de Estado que ha sido una fuente de actuación excesiva, en contra de las libertades de las personas, de los gobiernos democráticos y no democráticos. En las dictaduras los servicios de inteligencia estatales se identifican con la parte más siniestra, provocan terror en la población y son instrumentos de represión de la oposición política.

En un contexto de gobierno abierto en el que la transparencia y la participación ciudadana en la gestión de lo público son transcendentes y parte de la centralidad de la persona humana de la acción estatal, los servicios de inteligencia dependientes del gobierno son cuestionadas en su legitimidad y funcionalidad, mas aún cuando tienen a su disposición las tecnologías de información y comunicación que potencializan la posibilidad de invadir la privacidad o usar indebidamente la informacion que los individuos le proporcionan con fines distintos como el pago de impuestos o la solicitud de servicios públicos.

Además, los servicios de inteligencia se multiplican a la misma velocidad que se crean y fortalecen autonomías constitucionales no subordinadas al Poder Ejecutivo. Si bien es cierto que el tamaño de estas estructuras estatales son mayores en los órganos con funciones de policía y aquellos integrantes del Consejo de Seguridad Nacional no hay que desestimar la inteligencia relacionada con la infraestructura crítica en salud, energía, agua, transporte, alimentación y un largo etcétera, ni aquella que apoya a los Poderes legislativo y judicial, así como los OCAs para que pueden tomar decisiones asertivas que fortalezcan su autonomía y garantizar el cumplimiento de sus fines.

Entonces, los servicios de inteligencia en las entidades públicas gubernamentales y no gubernamentales, en una democracia plural, están sujetos a los principios de transparencia en los que la información pública reservada es la excepción y los datos confidenciales deben protegerse para proteger y respetar el derecho a la intimidad de las personas. También están sujetos al respeto a la existencia de más autonomías públicas independiente de la propia. Esta pluralidad de autonomías es indispensable para conseguir un buen gobierno a partir de la idea que existe el derecho a la no concentración del poder político, económico y social en un gobierno, en un grupo de empresarios, en un partido o movimiento políticos o en una organización empresarial, de trabajadores o mediática.

Las estructuras y procesos estatales de la inteligencia sólo son legítimos si están sujetos a principios democráticos y las actividades de sujetas a protocolos de respeto a los derechos humanos y si se orientan a la contribución al bienestar colectivo e individual. Sobre estos puntos profundizaré en mi próxima entrega.

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Investigador del Instituto Mexicano de Estudios
Estratégicos de Seguridad y Defensa Nacionales
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