Esta segunda parte del artículo se produce más de dos meses después de que el pasado 22 de julio el Presidente de la República anunció la “gran” reforma al sistema de pensiones y con bombo y platillo se festejó la alianza de los patrones y trabajadores en torno a la misma. Desde entonces estaba en el horno la iniciativa que, el viernes pasado, fue presentada a la Cámara de Diputados, sin mayor contenido que las diapositivas que se explicaron en una mañanera. Un auténtico parto de los montes.
Mucho ruido para tan poco. La reforma, salvo el aumento de las cuotas, es inocua en el corto y mediano plazos y tendrá efectos en las finanzas públicas dentro de 30 años, cuando el grueso de la Generación Afore, aquella que empezó a cotizar al IMSS a partir del 1 de julio del 1997, alcance la edad de jubilación.
Con esta reforma se da acceso a la pensión mínima garantizada a trabajadores con 750 semanas de cotización que tengan 60 años cumplidos y que empezaron a cotizar en 1997 cuando tenían 37 años. Esto es justo, pero insuficiente.
La reforma incluye una tabla en el artículo 170 que regresa al grueso de la Generación Afore a las semanas de cotización originales de la Ley de 1997 en el caso de los trabajadores que se pensionen a los 65 años, es decir, 1250 semanas. Los que se jubilen a los 60 años podrán hacerlo con 1000 semanas de cotización, pero con un monto menor.
El esquema propuesto es liberar del esfuerzo del ahorro por la baja densidad de cotización que hubo entre el año 2000 y 2020 a los trabajadores nacidos entre los años 1960 y 1970 y que tuvieron un ingreso tardío al mercado laboral de trabajo. Las generaciones nacidas en los años ochenta y en adelante deberán cotizar 1000 semanas para obtener la pensión mínima garantizada o más si quieren que el monto de esta sea superior.
Los llamados millennials van a financiar vía impuestos las pensiones de las generaciones de sus padres y abuelos y cuando ellos lleguen a la edad de pensión el sistema será nuevamente financieramente inviable porque el ahorro en las afores sólo representará el 15% de los compromisos que el Estado con la reforma y el otro 85% se pagará con recursos fiscales.
Hay que destacar que, en el artículo 6 transitorio de la iniciativa, se establece una facultad a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público que indirectamente le otorga el poder de revisar los términos en que se están concediendo las pensiones de la ley del Seguro Social del 73 y del régimen de jubilaciones y pensiones del IMSS, que se cubren con recursos presupuestales y que crecen a una tasa de dos dígitos porcentuales anualmente. El pago anual actual es cercano a un billón de pesos, alrededor del 20% del presupuesto.
En cuanto a la propuesta de reforma al artículo 37 de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, que topa las comisiones de las afores a un máximo con base en el promedio internacional, hay que señalar que se abre a debate público la procedencia de los porcentajes que actualmente cobran. Es un momento oportuno, para que se explique la integración de las mismas, y porque son distintas a las que existen en otros sistemas de ahorro individual en el mundo. Es necesario que se conozca cuanto cobran los bancos por la función de entidades recaudadoras, cuando cuesta el sistema de individualización de los aportes para que se depositen en las cuentas de los trabajadores y cuanto se gasta en promoción comercial de las afores.
En conclusión, en caso de aprobarse la reforma:
La tabla del artículo 170 que reduce las semanas de cotización a 750 en forma temporal solo beneficiará a un grupo de trabajadores muy reducido y comprometerá las finanzas públicas para el 2040.
La Secretaria de Hacienda tomará el control del sistema de ahorro para el retiro y la determinación de los derechos de los trabajadores que cotizaron bajo la ley de 1973 y el régimen de jubilaciones y pensiones del propio IMSS.
El aumento de las cuotas patronales afecta en el mediano y largo plazo la generación de empleo y, por tanto, al trabajador.
No hay incentivos al ahorro voluntario, ni a la incorporación de los trabajadores activos actualmente en el mercado laboral.
Es una buena reforma al sistema de ahorro para el retiro para solucionar la situación angustiante de un reducido grupo de trabajadores de la economía formal, pero está muy lejos de ser la gran reforma pensionaria. Es una oportunidad más perdida para avanzar en la universalidad de la seguridad social, pensiones y salud.
Socio director de Sideris, Consultoría Legal
cmatutegonzalez@gmail.com
Facebook.com/cmatutegonzalez
Twitter @cmatutegonzalez
www.carlosmatute.com.mx